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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Martes, 13 de noviembre de 2001 Pág. 14.650

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

CÉDULA de 3 de octubre de 2001, del Área Provincial de Pontevedra, de notificación de resolución de archivo dictada en relación con los expedientes e interesados que en el anexo se relacionan, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (en su nueva redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) intentada la notificación personal en los domicilios de los interesados, sin que ésta se pudiese practicar, se les notifica a las personas que se relacionan en el anexo la resolución del delegado provincial de la CPTOPV por la que se acuerda el archivo de las actuaciones sin más trámite.

Contra la citada resolución, que no pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda en el plazo de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de publicación de esta cédula, conforme establecen los artículos 107, 114 y 115 de la Ley 30/1992.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 58.2º de la citada ley, se transcribe el texto íntegro de dicha resolución.

«Visto el expediente promovido por usted, para la construcción de viviendas de protección oficial en ese ayuntamiento y, resultando que el expediente fue calificado provisionalmente concediéndosele un plazo de ejecución de las obras de 30 meses.

Resultando que mediante requerimiento se apercibió al interesado/a sobre la declaración de caducidad del expediente de no haber cumplimentado las prescripciones que determina la normativa sobre viviendas de protección oficial.

Considerando que, transcurrido el plazo de 3 meses concedidos al efecto y al no acreditarse que presentara la solicitud de calificación definitiva, así como la documentación complementaria de la misma, no se cumplió lo establecido en el artículo 17 del Real decreto 3148/1978, de 10 de novembro.

Considerando que, cumplidos los requisitos que determina el artículo 92.1º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se produjo la paralización del expediente por causa imputable al promotor, sin que conste tampoco que se solicitara prórroga alguna por causa justificada.

RESUELVO:

En el ejercicio de las atribuciones que me están conferidas, declarar la caducidad del expediente y, en consecuencia, proceder al archivo de las actuaciones».

Pontevedra, 3 de octubre de 2001.

José Manuel Iglesias Carrera

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: 36-P-0084/1996.

Interesado: José Puentes Carrera.

Último domicilio conocido: Arcos, 29, Ponteareas.

Intentos de notificación personal: el 29-6-2001 a las 12.45 h y el 2-7-2001 a las 13.20 h.

Expediente: 36-P-0108/1996.

Interesado: Secundino Sendín Gómez.

Último domicilio conocido: edif. As Areas, 206-1º izq., Mos.

Intentos de notificación personal: el 2-7-2001 y el 3-7-2001.

Expediente: 36-P-0127/1996.

Interesada: Isabel Ramilo Rivero.

Último domicilio conocido: Monte, 167, Mos.

Intentos de notificación personal: el 2-7-2001 y el 3-7-2001.

Expediente: 36-P-0158/1996.

Interesado: José Carlos Vila Costas.

Último domicilio conocido: San Benito, 21, Tomiño.

Intentos de notificación personal: el 29-6-2001 y el 2-7-2001.