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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 218 Lunes, 12 de noviembre de 2001 Pág. 14.570

V. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE PONTEVEDRA (SECCIÓN QUINTA)

EDICTO (3019/2001).

Francisca Conde Alfonso, oficial en funciones de la sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo.

Certifico, que en el rollo de apelación civil número 19/2001, dimanante de los autos de juicio de cognición número 429/1998 se dictó sentencia en segunda instancia:

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo, compuesta por los magistrados Juan Manuel Lojo Aller, presidente, José Ferrer González y Inmaculada de Martín Vázquez,

han pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente sentencia,

«Vigo, nueve de julio de dos mil uno.

Visto el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia recaída en los autos de juicio de cognición número 429/1998, seguidos ante el Juzgado de Primera Instancia número tres de Vigo (rollo de sala número 3019/1991), sobre declaración derecho a traspasar local de negocio; en el que son partes: como apelante la demandada María del Pilar Sanmartín Lago, representada por el procurador Ramón Pérez Fidalgo bajo la dirección letrada de Segundo González Vega, y como apelados los demandantes María Bibiana Vega Menéndez y Manuel Vega Villarejo, representados por la procuradora Rosa de Lis Fernández, con la dirección de la letrada Alicia Lorenzo Morán, y los codemandados Leopoldo Ríos Graña, Javier Ríos

Graña, Ramón Rodríguez Ríos y Ana María Rodríguez Ríos, en situación procesal de rebeldía. Ha sido ponente el magistrado José Ferrer González, quien expresa el parecer de la sala: (siguen antecedentes de hecho y fundamentos de derecho).

Fallamos, que estimando el recurso de apelación interpuesto por María del Pilar Sanmartín Lago contra la sentencia dictada en el juicio de cognición número 429/1998 que se sigue en el Juzgado de Primera Instancia número tres de Vigo se revoca la misma y, desestimado la demanda, se absuelve a la parte demandada de las pretensiones contra ella formuladas condenando a la demandante al pago de las costas de la primera instancia.

No se hace expresa imposición de las costas de la segunda instancia.

Contra esta resolución podrá interponerse, en su caso, recurso extraordinario de casación que deberá prepararse en el plazo de cinco días desde su notificación.

Notifíquese la presente a las partes en la forma establecida en el artículo 248.4º de la Ley orgánica del poder judicial.

Con testimonio de esta resolución, devuélvanse las actuaciones al juzgado de procedencia por quien se acusará recibo.

Así por nuestra sentencia, de la que se unirá certificación al rollo de sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que conste y sirva de cédula de notificación de la sentencia a los demandados Leopoldo Ríos Graña y Javier Ríos Graña, en ignorado paradero, extiendo y firmo el presente edicto en Vigo tres de octubre de dos mil uno.

María del Pilar Sández González

Secretaria