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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Viernes, 09 de noviembre de 2001 Pág. 14.537

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la resolución de expediente sancionador P-P-2001/027 y dos más (pesca-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la resolución de dichos expedientes, por infracción de la Ley 7/1992, de 24 de julio, sobre la pesca fluvial en Galicia.

1. Contra dicha resolución y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 107.1º y 114 al 117 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de esta publicación podrá interponerse recurso ordinario ante el conselleiro de Medio Ambiente. Transcurrido dicho plazo de interposición del recurso sin que éste fuera presentado, esta resolución será firme a todos los efectos.

2. El importe de la sanción así como el de la indemnización se hará efectivo, dentro del plazo de quince días contados desde el momento en que la resolución sea firme, en la cuenta nº 90/3110001181, de Caixa Galicia (2091) oficina (0388). De no hacerlo dentro del plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

3. El rescate de lo decomisado, en el caso de que se trate de utensilios de uso lícito, podrá obtenerse previo pago de la cuantía total de la sanción e indem

nización dentro del plazo establecido en el párrafo anterior.

Pontevedra, 9 de octubre de 2001.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: P-P-2001/027.

Denunciado: Rafael Míguez González, Pontellas-Pousadela, 8, O Porriño.

DNI: 76899932.

Hechos denunciados: pescar dos truchas (10 e 12 cm) de tamaño inferior al permitido, a las 18.45 horas del día 24 de marzo de 2001, en el río San Simón a su paso por Ribadelouro, en el ayuntamiento de Tui.

Fecha del acuerdo de la incoación: 30-3-2001.

Fecha de la propuesta de resolución: 15-5-2001.

Propuesta: sancionar a Rafael Míguez González con multa de 10.000 pesetas (60,10) y una indemnización de 2.000 pesetas (12,02 euros).

Alegaciones a la propuesta: no presenta escrito en su descargo.

Feitos probados: pescar dos truchas de tamaño inferior al permitido.

Precepto infringido: 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia, en relación con el anexo IV del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales.

Precepto sancionador: 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Circunstancias concurrentes: no se aprecian.

Sanción: 10.000 pestas (60,10 euros).

Indemnización: 2.000 pesetas (12,02 euros).

Expediente: P-P-2001/041.

Denunciado: Eduardo Vázquez Hernández, Purificación Saavedra, 1ª trav. 21-1ª, Vigo.

DNI: 36146010.

Hechos denunciados: pescar en un tramo vedado hasta el 6 de mayo por tratarse de aguas habitadas por salmón. Al ser sorprendido, el denunciado se encontraba realizando lances al agua. Hechos acaecidos a las 20.15 horas del día 7 de abril de 2001, en el río Tea a su paso por Fozara, en el ayuntamiento de Ponteareas.

Fecha del acuerdo de la incoación: 27-4-2001.

Fecha de la propuesta de resolución: 31-5-2001.

Propuesta: sancionar a Eduardo Vázquez Hernández con multa de 20.000 pesetas (120,20 euros).

Alegaciones a la propuesta: no presenta escrito en su descargo.

Hechos probados: pescar en un tramo vedado hasta el 6 de maio.

Precepto infringido: 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia, en relación con el artículo 3 de la Orden de 15-2-2000 y con el anexo I de la Orden de 20-1-2000.

Precepto sancionador: 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Circunstancias concurrentes: no se aprecian.

Sanción: 20.000 pesetas (120,20 euros).

Expediente: P-P-2001/042.

Denunciado: Mª Margarita Visbal Bugarín, Purificación Saavedra, 1ª trav. 21-1ª, Vigo.

DNI: 36105266.

Hechos denunciados: pescar en un tramo vedado hasta el 6 de mayo por tratarse de augas habitadas por salmón. Al ser sorprendida, la denunciada se encontraba realizando lances al agua. Hechos acaecidos a las 20.15 horas del día 7 de abril de 2001, en el río Tea a su paso por Fozara, en el ayuntamiento de Ponteareas.

Fecha del acuerdo de la incoación: 27-4-2001.

Fecha de la propuesta de resolución: 31-5-2001.

Propuesta: sancionar a Mª Margarita Visbal Bugarín con multa de 20.000 pesetas (120,20 euros).

Alegaciones a la propuesta: no presenta escrito en su descargo.

Hechos probados: pescar en un tramo vedado hasta el 6 de mayo.

Precepto infringido: 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia, en relación con el artículo 3 de la Orden de 15-2-2000 y con el anexo I de la Orden de 20-1-2000.

Precepto sancionador: 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.

Circunstancias concurrentes: no se aprecian.

Sanción: 20.000 pesetas (120,20 euros).