Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Viernes, 09 de noviembre de 2001 Pág. 14.537

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, de notificación de la resolución del expediente sancionador PO-I-01/68 (incendios-Pontevedra).

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, de 26 de noviembre de 1992 (BOE de 27 de noviembre), se notifica a la persona que en el anexo se menciona la resolución de dicho expediente, por infracción a la Ley 81/1968, de 5 de diciembre, sobre incendios forestales y a su Reglamento de 23 de diciembre.

El importe de la sanción se hará efectivo por transferencia bancaria al nº de cuenta 2091-0388-90-3110001181 de la Caixa Galicia, en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente día de la presente publicación, conforme al Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9 de agosto) y una vez producida la firmeza de esta resolución, firmeza que se producirá al no interponer recurso ordinario dentro de plazo. De no hacerlo dentro del

plazo señalado, se procederá a su cobro por la vía administrativa de apremio.

No obstante, de acuerdo con el artículo 114 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, contra esta resolución y en el plazo de un mes se podrá interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Medio Ambiente de la Xunta de Galicia.

Pontevedra, 8 de octubre de 2001.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: PO-I-01/68.

Denunciado: José Mª Rodríguez Salgado.

Último domicilio conocido: pza. de la Constitución, 14-3º. 36202 Vigo.

Hecho denunciado: abandono de un vehículo en masa forestal.

Precepto infringido: artículo 137 e) del reglamento de la LIF.

Precepto sancionador: artículo 139 del reglamento de la LIF.

Sanción: 50.000 pesetas.