Vista la solicitud formulada por Belén Raposo Pérez, en representación del Ayuntamiento de O Grove, interesando ampliación del plazo de un mes abierto para formular alegaciones en el expediente de clasificación con carácter de vecinales en mano común de los montes Riba das Vellas y otros, de la parroquia de San Martiño del ayuntamiento de O Grove, y teniendo en cuenta que el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, determina que la Administración, salvo precepto en contrario, podrá conceder de oficio o a petición de los interesados una ampliación de los plazos establecidos, que no exceda de la mitad de los mismos, si las circunstancias lo aconsejan y con ello no se perjudican derechos de tercero.
En base a lo anteriormente expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común,
ACUERDO:
Ampliar el plazo de alegaciones del procedimiento para la clasificación como vecinales en mano común de los montes Riba das Vellas y otros, de la parroquia de San Martiño del ayuntamiento de O Grove, por un período de 15 días contados a partir de la finalización del plazo de un mes inicialmente abierto, acuerdo que se notifica a todos los interesados en el citado procedimiento, significándose que no es susceptible de recurso.
Pontevedra, 22 de octubre de 2001.
José Luis Díez Yáñez
Presidente del Jurado Provincial de Montes
Vecinales en Mano Común de Pontevedra