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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 216 Jueves, 08 de noviembre de 2001 Pág. 14.445

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 01/205-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.

Domicilio social: travesía de Vigo, nº 204, 36207 Vigo.

Título: L.M.T. Lourizán-Mollavao-Poio.

Situación: Pontevedra y Poio.

Características técnicas: L.M.T., subterránea, a 20 kV, con conductor tipo R.H.V., desde la subestación de Lourizán hasta finalizar en las siguientes líneas: 1-L.M.T. sub. Marín (210 m de longitud); 2-L.M.T., aérea, D/C, Mollavao (inmediaciones Cocheras, de 2x360 m), L.M.T. sub. Mollavao-Sanxenxo (1.170 m), L.M.T., sub. Mollavao-Caeira-Puente (1.170 m); 3-L.M.T., sub. Salvador Moreno (1.690 m); 4-L.M.T., sub. general Rubín (1.690 m); 5-L.M.T., sub. Palacio de Justicia (1.690 m); 6-L.M.T., sub. Mollavao (1.690 m); 7-L.M.T., sub. relleno-Ancar (2.940 m). L.M.T., sub. a 20 kV, de 10 m de longitud, desde el c. seccionamiento que se proyecta en A Puntada hasta el C.T. existente en A Puntada, en el ayuntamiento de Poio. C. seccionamiento con 3 líneas. Ayuntamientos de Pontevedra y Poio.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en el capítulo II del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, esta delegación provincial resuelve:

Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

El plazo de puesta en marcha de la instalación, de acuerdo con el artículo 132 del Real decreto 1955/2000, será de doce meses, a partir de la recepción de la presente resolución. A efectos de la posible solicitud de prórroga, el peticionario deberá tener en cuenta lo dispuesto en el capítulo IV del Decreto 1775/1967, de 22 de julio.

Contra esta resolución puede interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación. También puede interponerse cualquier otro recurso que se considere pertinente a su derecho.

Pontevedra, 17 de septiembre de 2001.

Carmen Bianchi Valcarce

Delegada provincial de Pontevedra