Vista la documentación presentada por Centros Comerciales Carrefour, S.A., en la que comunica la absorción por fusión de Centros Comerciales Continente, S.A. y posterior cambio de denominación.
Teniendo en cuenta que en la escritura autorizada por Francisco Echavarri Lomo, notario de Madrid, el 26 de septiembre de 2000, tuvo lugar la fusión por absorción de Centros Comerciales Continente, S.A. por Centros Comerciales Pryca, S.A., quedando subrogada esta última en todos los derechos y obligaciones da absorbida, así como el cambio de denominación de la empresa resultante que pasa a ser Centros Comerciales Carrefour, S.A.
Vista la Ley 6/1993, de 11 de mayo, de pesca de Galicia (DOG nº 101, del 31 de mayo) y el Decreto 193/1997, de 5 de junio, por el que se determinan las condiciones para el otorgamiento del permiso de actividad para los establecimientos de cultivos marinos y auxiliares ubicados en la zona terrestre (DOG nº 142, del 24 de julio).
Esta consellería, en virtud de las atribuciones conferidas, a la vista del informe del Servicio Técnico-Jurídico y a propuesta del Servicio de Recursos Marinos,
RESUELVE:
Acceder a lo solicitado otorgando a la entidad Centros Comerciales Carrefour, S.A., con CIF A28425270, la titularidad del permiso de actividad del siguiente establecimiento auxiliar de acuicultura:
Identificación:
Tipo: centro regulador de crustáceos.
Emplazamiento: avda. Alfonso Molina, s/n., 15005 A Coruña.
Especies autorizadas: Buey (Cancer pagurus), bogavante (Homarus gammarus), centolla (Maja esquinado) y nécora (Macropipus puber).
Dominio público: no ocupa.
Dominio privado: 9,185 m.
Superficie de estabulación: 2 piscinas que hacen un total de 3,20 m.
Titulo habilitante:
Orden de otorgamiento: 12-1-2000 (DOG nº 38, del 24 de febrero).
Fin de la vigencia: 25-2-2010.
Actual titular: Centros Comerciales Continente, S.A. (CIF: A12017216).
Adquirente, por fusión y absorción de empresas: Centros Comerciales Carrefour, S.A.
El nuevo titular del permiso de actividad queda subrogado en los mismos derechos y obligaciones del anterior.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el conselleiro de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, o recurso contencioso-administrativo ante la jurisdicción contencioso-administrativa, que se interpondrá en el plazo de dos meses contados en ambos casos desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento adminis
trativo común y el artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
A Coruña, 11 de octubre de 2001.
P.D. (14-6-1999, DOG nº 120, del 24 de junio)
María José Cancelo Baquero
Delegada territorial de A Coruña