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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 215 Miercoles, 07 de noviembre de 2001 Pág. 14.338

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 9 de octubre de 2001 por la que se conceden ayudas a alumnos y profesores de centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidos con fondos públicos, que participen en estancias e intercambios con centros educativos de otros países para favorecer el aprendizaje activo de lenguas.

Por orden de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de 1 de marzo de 2001 (DOG del 19 de marzo), se convocaron ayudas para alumnos y profesores de centros públicos docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidos con fondos públicos que participen en estancias e intercambios con centros educativos de otros países para favorecer el aprendizaje activo de lenguas.

Vista la propuesta de la comisión de selección prevista en el artículo séptimo de la citada orden.

RESUELVO:

Primero.-Conceder, con cargo al concepto presupuestario 07.04.322T.480.0 de la Dirección General

de Ordenación Educativa y Formación Profesional, las ayudas que se relacionan en el anexo I, que se presentaron en el tercer plazo establecido (del 2 de mayo hasta el 29 de junio), apartado quinto.1 del DOG del 19 de marzo de 2001, por importe total de 5.376.000 pesetas.

Segundo.-Recoger en el anexo II las ayudas denegadas.

Tercero.-De acuerdo con el artículo noveno de la orden de convocatoria las ayudas serán abonadas de la siguiente forma:

Para las ayudas que no superen el importe de 1.000.000 de pesetas, en el momento de la concesión podrá acordarse un anticipo de pago de hasta un 80%, después de aceptación de la subvención. El 20% restante se librará una vez finalizada la actividad y después de su completa justificación económica por parte del centro y entrega de la memoria de actividades, adjuntando certificación respecto de la percepción o no de otras ayudas y subvenciones para la misma finalidad, a efectos de lo dispuesto en el artículo 78.3º de la Ley 11/1992, de 7 de octubre, de régimen financiero y presupuestario de Galicia. En las ayudas que superen esta cantidad el pago se realizará íntegramente una vez finalizada y justificada la actividad.

Cuarto.-De acuerdo con la normativa vigente, los beneficiarios quedan obligados a:

1. Aceptar la ayuda concedida. En este sentido, si en el plazo de quince días, contados a partir de la recepción de la comunicación por la que se notifica la concesión de la ayuda, el centro beneficiario no acepta la misma, se entenderá que renuncia a su percepción.

2. Facilitar la información requerida y someterse a las acciones de comprobación o control financiero que pueda efectuar la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria y los organismos competentes.

3. Justificar la correcta inversión de las ayudas recibidas, mediante la presentación de la siguiente documentación:

3.1. Memoria.

Los centros beneficiarios enviarán una memoria de las actividades realizadas que incluye:

a) Resumen del desarrollo de la actividad realizada.

b) Objetivos conseguidos.

c) Procedimiento de evaluación utilizado, resultados obtenidos y difusión que se realizó de los mismos.

La memoria estará acompañada de una certificación del director del centro en el que se haga constar el nombre y número de DNI del profesor responsable del proyecto y de los profesores que lo acompañaron en el viaje. Igualmente se añadirá una certificación de tener o no tener subvención o ayuda para la misma finalidad procedente de cualquier otra Administración o ente público.

3.2. Justificación de gastos efectuados.

Los centros educativos enviarán una certificación del consejo escolar del centro aprobatoria del gasto, adjuntando una relación detallada de los gastos efectuados, así como una certificación de tener o no tener subvención o ayuda para la misma finalidad procedente de cualquier otra Administración o ente público.

Quinto.-Contra la presente orden los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición, ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), o bien directamente el recurso

contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Disposiciones finales

Primera.-Se autoriza a la Dirección General de Ordenación Educativa y Formación Profesional a dictar tantas disposiciones sean precisas para el desarrollo correcto de esta orden.

Segunda.-La presente resolución entrará en vigor al día seguinte a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2001.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria

ANEXO I

AYUDAS CONCEDIDAS

Tipo de acciónCentro escolarLocalidadAyuda concedidaPaís de destino

IntercambioIES Sánchez CantónPontevedra1.110.000Estados Unidos

Visita preparatoriaCRA Nosa Señora do FaroPonteceso300.000Finlandia

IntercambioIES Lauro OlmoO Barco1.060.000Reino Unido

Visita preparatoriaColexio La SalleFerrol100.000Francia

Visita de estudiosCEP Doutor FlemingVigo252.000Bélgica

Visita preparatoriaCEIP A MagdalenaAs Pontes252.000Italia

Visita preparatoriaCRA Novo MencerCoristanco300.000Rumanía

IntercambioIES A SangriñaA Guarda1.380.000Grecia

Visita preparatoriaIES Ánxel CasalA Coruña300.000Rumanía

Visita preparatoriaCPI AltamiraSalceda de Caselas70.000Francia

Visita preparatoriaIES PerdouroBurela126.000Italia

Visita preparatoriaCPI Curros EnríquezPazos de Borbén126.000Alemania

Total5.376.000

ANEXO II

SOLICITUDES DENEGADAS

Tipo de acciónCentro escolarLocalidadPaís de destinoMotivo denegación

Visita de estudiosIES Lauro OlmoO BarcoReino UnidoNo tener un proyecto previo aprobado

Visita de estudiosIES Monte CasteloBurelaItaliaSolicitud fuera de plazo

Visita de estudiosEFA FonteboaCoristancoFranciaFechas de la visita fuera de las fechas establecidas por la orden de convocatoria

IntercambioIES Blanco AmorOurenseEstados UnidosPor participar alumnos de centros docentes que no solicitan ayuda

IntercambioIES Imaxe e SonA CoruñaFranciaNo es un intercambio lingüístico

IntercambioIES Marqués de SuancesFerrolReino UnidoHaber concedido intercambio en la acción Comenius 1.2

Visita preparatoriaIES Marqués de SuancesFerrolPortugalHaber concedido intercambio en la acción Comenius 1.2

IntercambioIES Monte da VilaO GroveFranciaHaber concedido intercambio en la acción Comenius 1.2

IntercambioIES Monte da VilaO GroveFranciaHaber concedido intercambio en la acción Comenius 1.2

IntercambioIES Marqués de SargadelosSan CibraoReino UnidoSolicitud fuera de plazo