La Orden de 6 de julio de 2001 (DOG del 1 de agosto), por la que se aprueban las bases que regirán las convocatorias de ayudas y de becas correspondientes al Programa de Investigación Agraria del Plan Gallego de Investigación y Desarrollo Tecnológico, prevé en su anexo III la concesión de ayudas para la adquisición de infraestructura científica por parte de grupos de centros públicos de investigación agraria no universitarios y no dependientes de la Administración central.
La selección de las solicitudes y la determinación de la cuantía de las ayudas fue realizada por la comisión de selección según lo establecido en el punto 8 del anexo III de la orden citada con anterioridad.
En consecuencia, y atendiendo a la propuesta elaborada por la comisión de selección en virtud de las competencias atribuidas a las consellerías de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria y de la Presidencia y Administración Pública,
RESOLVEMOS:
Primero.-Informar favorablemente, de acuerdo con la propuesta elaborada por la comisión de selección, las solicitudes para la adquisición de infraestructura científica por parte de grupos de centros públicos de investigación agraria no universitarios y no dependientes de la Administración central de los investigadores que se relacionan en el anexo de esta resolución, en cuantía y por las anualidades que, en cada caso, se señalan.
La Secretaría General de Investigación y Desarrollo procederá a efectuar las oportunas retenciones de crédito por los importes concedidos con el objeto de que
por parte de la Consellería de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria, se proceda a una ampliación de crédito según lo previsto en el artículo 64.1º g) de la Ley 1/99, de 7 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia con el fin de proceder a la adquisición del equipamiento correspondiente.
Segundo.-La inobservancia por parte de los beneficiarios de cualquiera de las bases establecidas en la referida orden de convocatoria supondrá la pérdida del derecho a percibir la ayuda correspondiente.
Tercero.-Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Agricultura, Ganadería y Política Agroalimentaria o ante el conselleiro de la Presidencia y Administración Pública, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia conforme lo establecido en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la
Ley 4/1999, de 13 de enero. De no estimar la interposición de este recurso, podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de junio, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro que consideren oportuno.
Disposición final
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 23 de octubre de 2001.
P.D. (Orden 6-7-2001,P.D. (Orden 6-7-2001,
DOG del 1 de agosto)DOG del 1 de agosto)
Alejandro Martínez-GeijoMiguel Ángel Ríos Fernández
Nogueira-Soares Secretario general de Investigación
Director general dey Desarrollo
Desarrollo Rural
ANEXO
pesetas
Beneficiario Organismo Código proyecto Material Subvención
Gonzalo Flores Calvete Centro de Investigaciones Agrarias de Mabegondo PGIDT01AGR50301IF Analizador de flujo contínuo para análisis automático de muestras de forrajes 14.500.000
Jesús Moreno González Centro de Investigaciones Agrarias de Mabegondo PGIDT01AGR50302IF Sistema de análisis automático genético para fragmentos de ADN 14.900.000
Lorenzo Montserrat Bermejo Centro de Investigaciones Agrarias de Mabegondo PGIDT01AGR50303IF Cromatógrafo para texturómetro 12.400.000
Alberto Oliveira Prendes Centro de Investigaciones Agrarias de Mabegondo PGIDT01AGR50304IF Unidad de recolección de cereales y pratenses 14.000.000
Juan Piñeiro Andión Centro de Investigaciones Agrarias de Mabegondo PGIDT01AGR50305IF Unidad de limpieza y clasificación de semillas de cereales y pratenses 10.300.000
Importe total: 66.100.000 pesetas