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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 211 Miercoles, 31 de octubre de 2001 Pág. 14.132

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

CÉDULA de 18 de septiembre de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la resolución de revocación de 30 de mayo de 2001 de las ayudas a la contratación indefinida de personas con discapacidad del expediente administrativo FM 342A 1999/109-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de revocación de las ayudas a la contratación indefinida de personas con discapacidad de la subvención del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 8-2-1999 (DOG nº 30, del 15 de febrero), se publica:

1. Expediente de procedimiento: FM 342A 1999/109-5.

Orden de la convocatoria: 8 de febrero de 1999 (DOG nº 30, del 15 de febrero).

Interesado: Comercial Gallega Boj, S.L.

Domicilio: c/ Hermanos Nodales, 6 B, 36001 Pontevedra.

Asunto: resolución por delegación del delegado provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de fecha 30 de mayo de 2001, al amparo de la Orden de 8-2-1999.

Resolución:

«Examinado el expediente de ayudas por la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad, presentada por Comercial Galega Boj, S.L. y teniendo en cuenta los siguientes:

Antecedentes.

Primero: la solicitud fue presentada el 27-10-1999 y estimada en la Resolución de 23-3-2000, por la que se concedió al interesado una ayuda por un importe total de 1.300.000 pesetas por la contratación indefinida de 2 trabajadores.

Segundo: el pago de la subvención concedida se condicionó a la presentación de la documentación y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la orden de convocatoria.

Tercero: el beneficiario no aportó de forma correcta y en el plazo indicado la siguiente documentación:

Certificados de encontrarse el día en los pagos a la Seguridad Social y en la Agencia Estatal Tributaria.

Certificado de no tener contraídas deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

Documentos de cotización a la Seguridad Social TC1 y TC2 pagado, correspondiente al mes de enero/2000.

Cuarto: en la tramitación del presente expediente se observaron todos los requisitos y prescripciones legales.

Fundamentos.

Primero: la competencia, por delegación de la conselleira de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, corresponde a esta delegación provincial en virtud del artículo 8 de la Orden de 8 de febrero de 1999 (DOG nº 30, del 15 de febrero) por la que se establecen los programas de fomento de la contratación indefinida de trabajadores con discapacidad para el ejercicio de 1999.

Segundo: la disposición adicional 2ª de la orden reguladora determina la revocación de las ayudas y subvenciones concedidas en los casos y en los términos previstos en el artículo 78 del texto refundido de la Ley de régimen financiero y presupuestario de Galicia, aprobado por el Decreto legislativo 1/1999, de 7 de octubre (DOG del 5 de noviembre).

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, esta delegación provincial

RESUELVE:

Revocar la resolución de esta delegación provincial del 23-3-2000, por la que se concedió al interesado una ayuda por un importe total de 1.300.000 pesetas por la contratación de 2 trabajadores con discapacidad.

Notifíquese al interesado esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa y contra la que cabe formular recurso de alzada, ante la conselleira de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.3º de la orden de la convocatoria y en los artículos 107.1º, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 30 de mayo de 2001. P.D. Delegado Provincial. Fdo.: Joaquín Macías Sánchez».

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Fomento del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en Vigo.

Vigo, 18 de septiembre de 2001.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra