En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en él, se hace público que, en el correspondiente servicio de esta dirección general, fueron depositados el acta de constitución y estatutos de la Asociación de Transportistas de Ganado Autónomo (ATGA) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
1. Profesional: podrán afiliarse a la asociación los trabajadores transportistas de ganado autónomo que lleven más de seis meses ejerciendo la profesión en Galicia.
Firman el acta de constitución: Venancio Goyos Paz y 8 personas más.
Santiago de Compostela, 21 de septiembre de 2001.
José Vázquez Portomeñe
Director general de Relaciones Laborales