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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 209 Lunes, 29 de octubre de 2001 Pág. 13.984

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

CÉDULA de 18 de septiembre de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la resolución de denegación de 20 de marzo de 2001 de las ayudas a la contratación de trabajadores en peligro de exclusión social del expediente administrativo FM 342E 2000/25-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de la denegación de las ayudas a la contratación de trabajadores en peligro de exclusión social de la subvención del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 13-3-2000 (DOG nº 60, del 27 de marzo), se publica:

1. Expediente de procedimiento: FM 342E 2000/25-5.

Orden de convocatoria: 13 de marzo de 2000 (DOG nº 60, del 27 de marzo).

Interesado: José Manuel Estors Bahamonde.

Domicilio: c/ Bueu, 2-3º D, 36209 Vigo (Pontevedra).

Asunto: resolución por delegación del delegado provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de fecha 20 de marzo de 2001, al amparo de la Orden de 13-3-2000.

Resolución:

«Examinada la solicitud de ayudas por la contratación de trabajadores en peligro de exclusión social, presentada por José Manuel Estors Bahamonde, en nombre y representación de José Manuel Estors Bahamonde, y teniendo en cuenta los siguientes antecedentes:

Primero.-La solicitud fue presentada el 2-10-2000.

Segundo.-De las actuaciones realizadas y de la documentación del expediente resulta el incumplimiento

de los requisitos exigidos para la concesión de las ayudas solicitadas en virtud de los motivos indicados en el fundamento segundo.

Tercero.-En la tramitación del presente expediente se observaron todos los requisitos y prescripciones legales.

Fundamentos:

Primero.-La competencia para conocer y resolver la presente solicitud corresponde, por delegación de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, a esta delegación provincial, de acuerdo con el artículo 3 de la Orden de 13-3-2000 (DOG del 27 de marzo) por la que se establecen los programas de fomento de la contratación y de la estabilidad en el empleo para el año 2000.

Segundo.-El incumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la orden reguladora viene motivado por las razones siguientes:

El trabajador contratado, según consta en el certificado de períodos de inscripción de la oficina de empleo, no se encontraba inscrito como demandante de empleo en el momento de iniciar la relación laboral objeto de la solicitud, por lo que se incumple la base 4ª del anexo D.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación esta delegación provincial

ACUERDA:

No conceder a José Manuel Estors Bahamonde, la ayuda solicitada por la contratación de Antonio Tebar Reboredo, por las razones expuestas en el fundamento segundo de esta resolución.

Notifíquese al interesado esta resolución, que pone fin a la vía administrativa y contra la que cabe formular recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia; asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante esta delegación provincial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa y en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 20 de marzo de 2001. P.D. Joaquín Macías Sánchez. Delegado provincial de Pontevedra».

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Fomento del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en Vigo.

Vigo, 18 de septiembre de 2001.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra