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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 207 Jueves, 25 de octubre de 2001 Pág. 13.841

III. OTRAS DISPOSICIONES

AGUAS DE GALICIA

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2001 por la que se da publicidad a la conversión a euros de las tarifas vigentes del canon de saneamiento.

El canon de saneamiento fue creado por la Ley 8/1993, de 23 de junio, reguladora de la Administración hidráulica de Galicia, como tributo propio de la Xunta de

Galicia destinado íntegramente a la financiación de los gastos de inversión y de explotación de las infraestructuras de evacuación en alta y de tratamiento de aguas residuales de acuerdo con la programación aprobada por el Consello de la Xunta de Galicia.

Las tarifas actualmente vigentes del canon de saneamiento se aprobaron, respectivamente, para los usuarios industriales y para los usuarios domésticos, en la disposición adicional séptima de la Ley 6/1994, de 29 de diciembre, y en la disposición adicional séptima de la Ley 1/1998, de 7 de abril, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 1995 y 1998, también respectivamente.

De acuerdo con el artículo 11.4º de la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, sobre introducción del euro, según la redacción modificada por la Ley 9/2001, de 4 de junio, cuando se trate de la conversión a la unidad euro de tarifas, precios, aranceles o cantidades unitarias que deban aplicarse a bases expresadas en cualquier magnitud, las cifras que resulten de la aplicación del tipo de conversión se tomarán con seis cifras decimales, efectuándose el redondeo por exceso o por defecto al sexto decimal más próximo.

Mediante la presente resolución se publica la conversión a euros de las tarifas vigentes del canon de saneamiento correspondientes a los usos domésticos e industriales y a los parámetros de contaminación, para conocimiento general y para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias tanto de los sujetos pasivos del canon como de las entidades suministradoras de agua, previstas en los artículos 14 y siguientes del Decreto 8/1999, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo legislativo del capítulo IV de la Ley 8/1993, relativo al canon de saneamiento.

En su virtud, y de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 12 de la Ley 8/1993,

RESUELVO:

1. Dar publicidad a la conversión a euros de las tarifas vigentes del canon de saneamiento, las cuales figuran en el anexo a la presente resolución.

2. A partir del día 1 de enero de 2002, las mencionadas tarifas expresadas en euros deberán figurar en los actos de gestión tributaria que dicte Aguas de Galicia y en las facturas-recibo de agua que emitan las entidades suministradoras.

3. La conversión a euros de las tarifas correspondientes a los sujetos pasivos a los que el canon de saneamiento se determinó individualizadamente se hará, siguiendo las reglas del artículo 11.4º de la Ley 46/1998, modificada por la Ley 9/2001, directamente por Aguas de Galicia o bien por las entidades suministradoras, según se trate de suministros de fuentes propias o de terceros, respectivamente.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2001.

Agustín Hernández Fernández de Rojas

Presidente del organismo autónomo Aguas

de Galicia

ANEXO

Tarifas del canon de saneamiento expresadas en euros.

Usos domésticos: 0,054091 euros/m.

Tipo general por volumen para usos industriales: 0,090152 euros/m.

Materias en suspensión: 0,052889 euros/kg.

Sales solubles: 0,847427 euros/S/cm.m.

Materia orgánica: 0,105778 euros/kg.

Metales pesados: 2,380008 euros/kg. equimetal.

Materias inhibidoras: 0,010818 euros/equitox.