Por resolución de la Alcaldía nº 549/2001, con fecha de 17 de septiembre, se aprobó definitivamente el cambio de sistema de actuación de expropiación, por el de compensación de la zona A Longueira SAU R-3.
Contra la anterior resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, a contar del día siguiente al de la publicación del presente anuncio, conforme al artículo 46.1º de la Ley de la jurisdicción contencioso-administrativa. Podrá, no obstante, interponerse, con carácter previo y potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó de esta Administración, conforme a la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (artículos 116 y 117), en el plazo de un mes, a contar también desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.
Bergondo, 28 de septiembre de 2001.
José Fernández Ramos
Alcalde-presidente