En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y a los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la confederación Unión de Profesionais e Traballadores Autónomos de Galicia (UPTA Galicia) que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida confederación las asociaciones y federaciones provinciales constituidas por profesionales y trabajadores autónomos.
Firman el acta de constitución: José Conde García y Jesús Fernández Rodiño, representantes de la Federación de Organizacións de Autónomos e Profesionais da Provincia de Pontevedra, y José M. Muiños Núñez, José Manuel Liste García y Manuel González Pérez, en representación de la Organización de Autónomos e Profesionais da Provincia de Ourense.
Santiago de Compostela, 29 de agosto de 2001.
José Vázquez Portomeñe
Director general de Relaciones Laborales