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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 189 Viernes, 28 de septiembre de 2001 Pág. 12.845

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

ORDEN de 21 de septiembre de 2001 por la que se clasifica como mixta la Fundación Paideia Galiza.

Visto el expediente de clasificación de la Fundación Paideia Galiza, con domicilio en A Coruña.

Supuestos de hecho.

1. José María Valencia Ces, como secretario de la fundación, formuló solicitud de clasificación a efectos de su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La fundación fue constituida en escritura pública otorgada en A Coruña, el día 30 de julio de 2001, ante el notario Francisco Manuel Ordóñez Armán, con el número mil novecientos ochenta y tres de su protocolo, por Rosalía Mera Goyenechea, María Sandra Ortega Mera, José María Valencia Ces y Antonio Abril Abadín; intervienen todos en su propio nombre y derecho.

3. Según consta en el artículo 6 de sus estatutos, el objeto de la fundación es:

a) La atención, formación, orientación, documentación, estudio e investigación o cualquier otra forma de intervención en los campos de las ciencias humanas y sociales.

b) La atención, formación, orientación, documentación, estudio e investigación o cualquier otra forma de intervención en la problemática generada por cualquier tipo de exclusión social.

c) La promoción y realización de actividades de interés educativo, cultural, científico, deportivo, sanitario, de cooperación para el desarrollo de fomento de la economía social, de conservación del medio ambiente, de promoción del voluntariado u otras de análogo interés humano y social.

4. El patronato de la fundación estará integrado por Rosalía Mera Goyenechea como presidenta, María Sandra Ortega Mera como vicepresidenta, José María Valencia Ces como secretario y Antonio Abril Abadín como vocal.

5. La comisión integrada por los secretarios generales de todas las consellerías eleva al conselleiro de la Presidencia y Administración Pública propuesta de clasificación como mixta de la Fundación Paideia Galiza, dado su objeto y finalidad, por lo que, viéndose cumplidos los requisitos exigidos en la Ley 7/1983, de 22 de junio, y en la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la ley anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, y según establece el artículo 32.1º y 2º del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, procede su clasifica

ción como mixta y su adscripción a la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Fundamentos de derecho.

1. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general de acuerdo con la ley y el artículo 27.26º del Estatuto de autonomía para Galicia le otorga competencia exclusiva sobre el régimen de las fundaciones de interés gallego.

2. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32.2 c) del Decreto 248/1992, de 18 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento del protectorado de las fundaciones de interés gallego, corresponde a esta consellería la clasificación de la fundación y la adscripción a la consellería correspondiente, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

3. A la vista de lo que antecede, se pueden considerar cumplidas las finalidades tanto legales como reglamentarias establecidas para el caso, de acuerdo con la propuesta realizada por la Comisión de Secretarios Generales en su reunión del día 18 de septiembre de 2001.

Vista la Constitución española de 1978, el Estatuto de autonomía de Galicia (Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril); la Ley 7/1983, de 22 de junio, y la Ley 11/1991, de 8 de noviembre, de reforma de la anterior, de régimen de las fundaciones de interés gallego, así como las demás normas de desarrollo y de general aplicación.

En su virtud,

DISPONGO:

Clasificar como mixta la Fundación Paideia Galiza adscribiéndola a la Consellería de la Presidencia y Administración Pública, que ejercerá plenamente el protectorado sobre ella.

Santiago de Compostela, 21 de septiembre de 2001.

Jaime Pita Varela

Conselleiro de la Presidencia y Administración

Pública