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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Lunes, 24 de septiembre de 2001 Pág. 12.636

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

ORDEN de 20 de septiembre de 2001 por la que se declaran como suelo contaminado los terrenos afectados del polígono de Torneiros, en el ayuntamiento de O Porriño (Pontevedra) (fase II).

Visto el expediente de declaración como suelo contaminado de los terrenos afectados del polígono de Torneiros, en el ayuntamiento de O Porriño (Pontevedra), (fase II).

Antecedentes.

Por Orden de 26 de junio de 2001 (DOG nº 132, del 9 de julio), a la vista de la investigación de detalle realizada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, consistente en los estudios realizados y dirigida a evaluar la contaminación existente en los terrenos del polígono de Torneiros en el Ayuntamiento de O Porriño (Pontevedra), y dado que de los resultados de dicha investigación se determinaron niveles de concentración de HCH considerados como de riesgo de contaminación, se acordó iniciar el procedimiento para declarar como suelo contaminado los indicados terrenos y determinar las personas o entidades obligadas a realizar las actuaciones necesarias para proceder a su limpieza y recuperación en la forma y plazos que se fijen, así como abrir un período de información pública por un plazo de veinte días, para que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente y formular las alegaciones que considere oportunas.

En fecha 6 de julio de 2001, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental procedió a notificar dicha orden y se dio traslado del expediente a las empresas poseedoras de determinados terrenos a los que se refiere la meritada orden para que pudiesen formular como interesados las alegaciones que estimasen pertinentes.

Dentro del plazo conferido al efecto se presentaron alegaciones por dichas empresas ya contestadas oportunamente.

Fundamentos jurídicos.

La competencia para la resolución de este procedimiento corresponde al conselleiro de Medio Ambien

te en virtud de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, y 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su presidente, en relación con el Decreto 482/1997, de 26 de diciembre.

El artículo 27 de la Ley 10/1998, de 21 de abril, de residuos, establece que las comunidades autónomas declararán como suelos contaminados aquéllos en los que se dé la presencia de componentes de carácter peligroso de origen humano, por lo que, en este caso, donde está acreditada por los estudios que obran en esta Administración la existencia de contaminación por HCH de los terrenos delimitados en el expediente, procede ineludiblemente declararlos como contaminados para realizar las obligadas actuaciones necesarias para proceder a su limpieza y recuperación, sin perjuicio de que se prosigan los trámites precisos para determinar las personas o entidades obligadas a realizar dichas actuaciones en la forma y en los plazos que se fijen. Las alegaciones presentadas por los interesados frente al acuerdo de inicio del expediente dieron lugar a la modificación del plano que delimita la contaminación. Esta declaración es, además, presupuesto para que se puedan llevar a cabo dichas actuaciones

de limpieza y recuperación de estos suelos mediante acuerdos voluntarios suscritos entre los obligados a realizar estas operaciones, tal como se establece en el artículo 28 de la citada Ley básica de residuos.

Vistos los preceptos citados y demás de pertinente aplicación,

RESUELVO:

Declarar como suelo contaminado los terrenos afectados del polígono de Torneiros en el ayuntamiento de O Porriño (Pontevedra), (fase II) que se delimitan en el anexo de esta orden, por presentar concentraciones de HCH que suponen un riesgo para el medio ambiente, y que se prosigan las actuaciones para determinar las personas o entidades obligadas a proceder a su limpieza y recuperación, y fijar su forma y plazo.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición con carácter potestativo ante el conselleiro de Medio Ambiente en el plazo de un mes, o bien interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 109 y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa, o ejercer cualquier otro que estime pertinente.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2001.

José Carlos del Álamo Jiménez

Conselleiro de Medio Ambiente

Coordenadas UTM de los límites de la zona potencialmente contaminada por HCH como resultado de la investigación en Torneiros. Fase II.

ÍndiceXY

1530454,924667464,42

2530451,344667353,98

3530457,124667328,58

4530422,704667441,09

5530367,934667448,40

6530397,514667408,30

7530384,614667421,32

8530377,664667432,27

9530444,874667410,84

10530410,844667408,25

11530410,414667398,44

12530446,354667377,94

13530445,984667396,32

14530417,964667417,63

15530353,404667547,94

16530361,194667520,49

17530354,974667533,87

18530354,024667497,77

19530337,624667499,48

20530312,834667573,23

21530309,554667542,64

22530292,744667556,45

23530290,814667563,91

24530352,944667548,71

25530323,224667525,70

26530326,174667575,66

ÍndiceXY

27530370,514667515,68

28530409,604667480,32

29530377,414667478,11

30530367,614667463,71

31530367,594667474,63

32530385,374667503,19

33530388,714667494,31

34530433,724667462,95

35530447,534667493,03

36530630,224667441,66

37530619,704667445,18

38530647,374667415,69

39530608,514667296,84

40530486,754667299,47

41530558,764667300,65

42530547,404667290,96

43530548,814667240,79

44530504,344667285,66

45530539,414667259,60

46530537,084667250,26

47530513,024667291,75

48530532,134667282,72

49530532,014667271,01

50530583,304667260,91

51530568,034667253,59

52530559,364667246,57

53530549,624667362,56

54530514,064667367,82

55530510,954667374,90

ÍndiceXY

56530468,074667319,11

57530537,414667338,74

58530522,434667309,84

59530535,964667365,31

60530472,344667412,28

61530458,194667408,43

62530489,944667414,10

63530526,734667407,73

64530515,284667390,90

65530521,314667423,32

66530506,054667417,56

67530532,234667422,54

68530570,234667321,27

69530564,404667320,18

70530578,374667313,84

71530584,284667304,07

72530634,874667429,09

73530658,614667400,40

74530673,064667385,82

75530675,704667386,82

76530645,274667535,59

77530553,294667497,99

78530549,724667472,57

79530476,924667483,88

80530476,464667469,36

81530473,054667497,24

82530556,534667519,16

83530599,734667452,72

84530571,564667462,35

85530556,634667453,76

86530564,574667561,37

87530557,374667532,37

88530586,764667551,46

89530624,764667537,56

90530611,414667536,05

91530671,714667502,58

92530645,124667501,81

93530646,084667468,68

94530672,674667469,44

95530671,354667516,70