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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 185 Lunes, 24 de septiembre de 2001 Pág. 12.634

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 24 de julio de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se dispone el registro, el depósito y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, de la revisión salarial del convenio colectivo del sector del comercio de materiales de construcción y saneamiento.

Vista el acta de la revisión salarial del convenio colectivo del sector del comercio de materiales de construcción y saneamiento, con nº de código 3600345, que tuvo entrada en esta delegación pro

vincial el día 12-7-2001, suscrita por la comisión paritaria, en fecha 4-7-2001. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del convenio colectivo y en el artículo 90.2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores, Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo y Real decreto 2412/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de trabajo, esta delegación provincial,

ACUERDA:

Primero.-Ordenar su inscripción en el libro de registro de convenios colectivos de trabajo, obrante en esta delegación provincial, y la notificación a las representaciones económica y social de la comisión negociadora.

Segundo.-Ordenar su depósito en el Servicio de Relaciones Laborales, Sección de Mediación, Arbitraje y Conciliación.

Tercero.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Vigo, 24 de julio de 2001.

Antonio Coello Bufill

Delegado provincial de Pontevedra

Convenio colectivo provincial para el sector del comercio de materiales para la construcción y

saneamiento de Pontevedra

Acta:

Asistentes:

Por UGT: Begoña Bastos Garea.

Por la CIG: Carmen Veiga Liboreiro.

Por CC.OO.: Guillermo García Costas.

Por ASEMACO (Asociación de Empresarios de Materiales para la Construcción):

Gonzalo Vila García.

Andrés Sande Rodríguez.

En Vigo, en los locales de la Confederación de Empresarios de Pontevedra, siendo las 19 horas del día 4 de julio de 2001, se reúne la comisión paritaria del convenio colectivo de comercio de materiales para la construcción y saneamiento de la provincia de Pontevedra, al objeto de proceder a la elaboración de la tabla salarial para el segundo año de vigencia del convenio (1-1-2001 a 31-12-2001), en aplicación de lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del texto del convenio.

Constatado el hecho de que según el INE el IPC del año 2000 ha resultado un 4%, se actualiza la tabla del año 2000 en la desviación producida, es decir, el 1%, calculado sobre la tabla que sirvió de base para los incrementos de dicho año. Una vez actualizada dicha tabla, se incrementa en el 3,5%, resul

tando así la tabla del segundo año de vigencia del convenio.

Una vez confeccionada dicha tabla, se da lectura a la misma, firmándola las partes en prueba de conformidad, acordando su remisión a la autoridad laboral a los efectos de su posterior publicación en el BOP.

Y no habiendo mas asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 19.30 horas del día arriba indicado, de todo lo cual las partes dan fe.

Convenio colectivo provincial para el sector del

comercio de materiales para la construcción y

saneamiento de Pontevedra

Tabla salarial 2001

Grupo I
Personal técnico titulado:
Titulado de grado superior140.997
Titulado de grado medio117.236
Ayudante técnico sanitario101.390

Grupo II
Personal mercantil técnico:
Director156.836
Jefe de división136.246
Jefe de personal, compras, ventas y encargado133.076
Encargado general117.236
Jefe de sucursal y supermercado117.236
Jefe almacén109.316
Jefe de sección mercantil104.558
Encargado de establecim., vendedor, comprador, subastador104.558
Intérprete99.810
Personal mercantil propiamente dicho:
Viajante101.390
Corredor de plaza99.810
Dependiente98.224
Ayudante90.298

Grupo III:
Personal técnico no titulado:
Director155.256
Jefe de división136.246
Jefe de administración125.156
Secretario98.089
Contable107.730
Jefe de sección administrativa114.065
Personal administrativo:
Contable-cajero, taquimecanógrafo en idioma extranjero107.730
Oficial administrativo y operador de máquinas contables104.558
Auxiliar administrativo y perforista98.224
Auxiliar de caja90.298

Grupo IV:
Personal de servicios y actividades auxiliares:
Jefe de sección del servicio120.407
Dibujante118.821
Escaparatista110.901
Ayudante de montaje90.298
Delineante, visitador, rotulista, cortador91.896
Ayudante de cortador, jefe de taller91.896
Profesional de oficio de 1ª98.224
Profesional de oficio de 2ª91.896
Profesional de oficio de 3ª91.896
Ayudante91.896
Capataz95.054
Mozo especializado91.889
Ascensoristas, telefonistas, mozo empaquetador90.298

Grupo V:
Personal subalterno:
Conserje90.298
Cobrador90.298
Vigilante, sereno, ordenanza, portero90.298
Personal de limpieza (por hora)477