Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común se tramita el expediente 371, de calificación del monte cuyas características se indican a continuación:
Monte: Leguiña.
Comunidad: lugar de Mazaricos de Arriba.
Parroquia: Mazaricos.
Municipio: Mazaricos.
Superficie: 12,80 ha.
Linderos: es parte del monte Aro, nº 103-B del CUP. Norte: con más monte Aro, siguiendo muro de tierra que va desde el punto denominado Riba do Camiño de Lago, situado a 168 m en dirección norte del piquete 73 del deslinde del monte Aro hasta el punto denominado Campo Redondo, situado entre los piquetes 19 y 20. Este: monte Sta. Mariña, desde el punto Campo Redondo, entre los piquetes 19 y 20, hasta el 23 siguiendo el orden de piquetes. Propiedades particulares de vecinos de Atán y Mazaricos de Arriba, desde el piquete 23 al 27, en el cruce de Cabalo Morto, siguiendo el orden de piquetes. Sur: monte vecinal de Serráns, siguiendo una línea recta de unos 190 m que va del piquete 27, en el cruce de Cabalo Morto, hasta el 66. Oeste: propiedades particulares de vecinos de Mazaricos de Arriba, del piquete 66 al 73 siguiendo el orden de piquetes y de éste último sigue 168 m en la línea del deslinde hasta llegar al punto Riba do Camiño de Lago.
En virtud de lo acordado por el jurado, y en cumplimiento de la orden del instructor, de 6 de junio de 2001, conforme lo dispuesto en la Ley de montes
vecinales en mano común, de 10 de octubre de 1989, y demás disposiciones de aplicación, por medio del presente edicto se hace pública la iniciación de la tramitación del expediente indicado, con objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Reglamento de 23 de septiembre de 1992, para la aplicación de la citada ley, cuantas personas, organismos o corporaciones resulten interesadas puedan comparecer e intervenir en el expediente iniciado y formular ante el jurado, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en defensa de los derechos que crean que les asisten en relación con el monte, aportando, en su caso, la documentación que consideren conveniente al respecto.
A Coruña, 6 de junio de 2001.
Ana María Díaz López
Secretaria del Jurado Provincial de Montes Vecinales
en Mano Común de A Coruña