Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Lunes, 03 de septiembre de 2001 Pág. 11.739

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

INSTITUTO GALLEGO DE LA VIVIENDA Y SUELO

CÉDULA de 24 de julio de 2001, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se notifica el inicio de los expedientes sancionadores en materia de régimen de v.p.o. E.S. OU-08/2001 y cinco más, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se le notifica a las personas que en el anexo se mencionan que, con esta fecha, resolví publicar el inicio de los procedimientos sancionadores por infracción del régimen legal de v.p.o. por no ser posible la notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructor del procedimiento a Paulino González Rodríguez, jefe de la sección de inspecciones y sanciones de la delegación provincial y secretaria a Olga Paredes Medela, funcionaria de la citada delegación, que podrán ser recusados en cualquier momento del expediente si concorren los supuestos legales.

Los interesados dispondrán de un plazo de quince días contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para que aporten por escrito cuantas alegaciones, documentos e informaciones estimen convenientes en defensa de sus intereses y en su caso, propongan prueba concretando los medios de los que pretendan valerse.

Conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del Reglamento de procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto (BOE del 9 de agosto), de no efectuarse alegaciones en el plazo anterior este acuerdo de iniciación podrá ser considerado propuesta de resolución, determinándose a estos efectos el importe de la sanción.

Lo que se le notifica de acuerdo con la normativa antes citada y con lo establecido en el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Ourense, 24 de julio de 2001.

José Elier Ojea Ureña

Delegado provincial del Instituto Gallego

de la Vivienda y Suelo

ANEXO

-Expediente E.S. OU-08/01.

Responsable: Alejandro Calvo Gómez.

Dirección: Grupo Valdegodos, nº 60, bl. B, 2º C, Vilamartín de Valdeorras.

Hechos imputados: no destinar la vivienda de protección oficial a domicilio habitual y permanente.

Infracción: grave (artículo 5.c de la Ley 13/1996).

Sanción propuesta: 500.000 pesetas.

E.S. OU-09/01.

Responsable: Antonio F. Fernández Muro.

Dirección: Grupo Valdegodos, nº 66, bl. C, 1º A, Vilamartín de Valdeorras.

Hechos imputados: no destinar la vivienda de protección oficial a domicilio habitual y permanente.

Infracción: grave (artículo 5.c de la Ley 13/1996).

Sanción propuesta: 500.000 pesetas.

E.S. OU-10/01.

Responsable: Lucas Sánchez Ron.

Dirección: Grupo Valdegodos, nº 66, bl. C, 2º B, Vilamartín de Valdeorras.

Hechos imputados: no destinar la vivienda de protección oficial a domicilio habitual y permanente.

Infracción: grave (artículo 5.c de la Ley 13/1996).

Sanción propuesta: 500.000 pesetas.

E.S. OU-11/01.

Responsable: Lucio González González.

Dirección: Grupo Valdegodos, nº 70, bl. D, bajo, Vilamartín de Valdeorras.

Hechos imputados: no destinar la vivienda de protección oficial a domicilio habitual y permanente.

Infracción: grave (artículo 5.c de la Ley 13/1996).

Sanción propuesta: 500.000 pesetas.

E.S. OU-13/01.

Responsable: Margarita Santos Macía.

Dirección: Grupo Valdegodos, nº 70, bl. D, 2º A, Vilamartín de Valdeorras.

Hechos imputados: no destinar la vivienda de protección oficial a domicilio habitual y permanente.

Infracción: grave (artículo 5 de la Ley 13/1996).

Sanción propuesta: 500.000 pesetas.

E.S. OU-15/01.

Responsable: Antonio Rodríguez Rodríguez.

Dirección: Grupo Valdegodos, nº 58, bl. A, 1º B, Vilamartín de Valdeorras.

Hechos imputados: no destinar la vivienda de protección oficial a domicilio habitual y permanente.

Infracción: grave (artículo 5.c de la Ley 13/1996).

Sanción propuesta: 500.000 pesetas.