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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 170 Lunes, 03 de septiembre de 2001 Pág. 11.720

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

UNIVERSIDAD DE VIGO

RESOLUCIÓN de 26 de julio de 2001 por la que se nombra catedrático de universidad del área de conocimiento de ingeniería eléctrica, del departamento de Ingeniería Eléctrica, a Carlos Garrido Suárez (plaza 46/2000).

De conformidad con la propuesta formulada por la Comisión constituida para juzgar el concurso, convocado por resolución de la Universidad de Vigo de 20 de noviembre de 2000 (BOE del 9 de diciembre), para la provisión de una plaza de catedrático de universidad del área de conocimiento de ingeniería eléctrica, del departamento de Ingeniería Eléctrica, a favor de Carlos Garrido Suárez, con documento nacional de identidad número 35256172-R, cumpliendo el interesado los requisitos a que alude el artículo 5.2º del Real decreto 1888/1984, de 26 de septiembre,

Este rectorado, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 42 de la Ley 11/1983, de 25 de agosto, de reforma universitaria, y demás disposiciones que la desarrollan, ha resuelto nombrar a Carlos Garrido Suárez catedrático de universidad del área de conocimiento de ingeniería eléctrica, del departamento de Ingeniería Eléctrica.

Este nombramiento surtirá plenos efectos a partir de la correspondiente toma de posesión por el interesado, que deberá efectuarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOE.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de reposición, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación ante el mismo órgano que la dictó. En este caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo antes citado mientras no recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero, modificadora de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 26 de julio de 2001.

Domingo Docampo Amoedo

Rector de la Universidad de Vigo