Por la presente cédula, se notifica a los/as denunciados/as, cuyas señas y últimas direcciones conocidas se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras, dictadas por el delegado provincial de la CPTOPV de Pontevedra, facultado por el Decreto 70/1993, de 10
de marzo (Diario Oficial de Galicia del 26 de marzo), recaídas en los expedientes que se citan en el anexo.
Haciéndoles saber el derecho que les asiste para interponer recurso de alzada ante el director general de Transportes, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente cédula.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones nº 311.500.007.9 de Caixa de Galicia, oficina principal de Pontevedra, en el plazo de quince días hábiles siguientes a la firmeza de esta resolución, firmeza que se producirá al no interponer recurso de alzada dentro de plazo, y de no hacerlo así, se procederá a su cobro por vía de apremio, según lo prescrito en el artículo 97 de la vigente Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero (BOE del 14 de enero).
Y para que conste y sirva de notificación a los/las denunciados/as de domicilios desconocidos, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, sobre régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 citada anteriormente, expido, firmo y sello la presente cédula en Pontevedra a 20 de junio de 2001.
Mª Cruz Tomé Navas
Jefa del Servicio Provincial de Transportes de Pontevedra
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
M-2319-JX
G.C. Tráfico Río Maior-Sta. Cristina, 3, 36141 Vilaboa (Pontevedra)
4-8-2000; 11; N-550; 126,500 16/1987 y artículo 158
del R.D. 1211/1990 Ley 16/1987 y artí-
culo 201 del R.D.
1211/1990 PO-7473-W
Servicio fiscal
Patrulla de Portos e Costas de Marín Avenida Ourense, 34-3º B, 36900 Marín (Pontevedra)
25-8-2000; 5.15 to 237/2000, de 18 de
febrero, sobre transporte
de productos alimentarios
a temperatura regulada
(BOE nº 65, del 16 de
marzo) Ley 16/1987 y artí-
culo 201 del R.D.
1211/1990PO-02122-O-2000
C.P. Carballal, S.L.
Circular transportando un palé de tejas planas (150 tellas) desde Pontevedra hasta Vilaboa, careciendo de la tarjeta de transportes. Servicio privado complementario.
Artículo 103 de la Ley
Artículo 143 de la
25.000 pesetas PO-02197-S-2000
María Paula Núñez Lens
Circular con mercancía perecedera (20 kg de jurel), careciendo del certificado de autorización para el transporte de mercancías perecederas (vehículo no isotermo).
Artículo 7 del Real decre-
Artículo 143 de la
25.000 pesetas