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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 158 Jueves, 16 de agosto de 2001 Pág. 11.033

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE O PORRIÑO

ANUNCIO.

El Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria del día 19 de julio del año 2001, adoptó por unanimidad el acuerdo que tiene la siguiente parte dispositiva:

a) Aprobar definitivamente el proyecto de modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de O Porriño, en Torneiros (Genentech España, S.L.).

b) Publicar este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia y en el BOP; asimismo, se publicará en el BOP el documento que contenga la normativa y las ordenanzas.

c) Comunicar este acuerdo a la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda y, al mismo tiempo, darle traslado de una copia autenticada del expediente administrativo completo y de dos ejemplares del instrumento aprobado definitivamente con todos los planos y documentos que integren la modificación sobre los que recayó este acuerdo de aprobación definitiva, debidamente diligenciados por el secretario de este ayuntamiento, haciendo constar dicho extremo.

d) La eficacia de esta aprobación definitiva y su entrada en vigor quedan condicionadas al cumplimiento de lo dispuesto en el citado artículo 48 de la Ley del suelo de Galicia, y en el artículo 70.2º de la Ley reguladora de las bases de régimen local.

Lo que se hace público de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, significando que contra el acuerdo anteriormente expresado, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos siguientes:

A) Directamente el contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución (artículo 306 del RDL 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el

texto refundido de la Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana).

B) Sin perjuicio de que pueda ejercitarse, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

O Porriño, 28 de julio de 2001.

José Manuel Barros González

Alcalde