Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el director general de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber que dichas resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendo interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente cédula. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía procedente.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 0182.5947.14.0200002630 del Banco Bilbao-Vizcaya, Argentaria, S.A., sucursal de Santiago de Compostela, en el plazo de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de las resoluciones (firmeza que se producirá al no interponer recurso ordinario dentro del plazo), y de no hacerlo así se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo prescrito en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.
Para que conste, sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela a 27 de junio de 2001.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general de Transportes
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
PO-2870-BL
3244826057 A2053 Salvador Moreno, 155, 360 Pontevedra
23-2-2001; 12 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990DX-00063-I-2001
Transportes La Unión, S.A.
Del análisis de los discos diagrama del aparato de control tacógrafo, del vehículo PO-2870-BL y referidos al período de 3-7-2000 a 17-7-2000, se constata lo siguiente: el conductor José M. Moares conduce el citado vehículo todos los días del citado período (15 días consecutivos), realizando un descanso semanal inferior al 50% del que es obligatorio.
R CE 3820/1985 Artículo 143 de la
250.000 pesetas