Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, con los datos y último domicilio conocido que
se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el director general de Transportes, recaidas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber que dichas resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendo interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente cédula. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía procedente.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 0182.5947.14.0200002630 del Banco Bilbao-Vizcaya, Argentaria, S.A., sucursal de Santiago de Compostela, en el plazo de los quince días hábiles siguientes a la firmeza de las resoluciones (firmeza que se producirá al no interponer recurso ordinario dentro del plazo), y de no hacerlo así se procederá a su cobro por la vía de apremio según lo prescrito en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Para que conste, sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela a 27 de junio de 2001.
Juan Carlos Villarino Tejada
Director general de Transportes
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
OU-8205-P
G.C. Tráfico Conde Vallellano, 6-2º, 32500 O Carballiño (Ourense)
21-12-2000; 00.35; N-634; 612,5 Ley 16/1987 y artículo 41
del R.D. 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros LE-8318-U
G.C. Tráfico Avda. Astorga, 9, 24400 Ponferrada (León)
14-11-2000; 12.30; N-120; 462 Ley 16/1987 y artículo 157
del R.D. 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros C-1733-CF
G.C. Tráfico Pol. Grela Bens, carretera O Bosque, s/n, 158 A Coruña
25-9-2000; 16; N-120; 453 Ley 16/1987 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros BU-8466-Z
G.C. Tráfico Vitoria, 73-75 A, 96, Burgos
3-1-2001; 13.20; N-541; 25
Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 eurosLU-00017-O-2001
José Alfonsín Marnotes
Circular transportando carga útil (pescado congelado) careciendo de tarjeta de transportes (lleva distintivos de radio de acción nacional público).
Artículo 90 de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
OU-00013-O-2001
Obras Camiones y Pavimentos, S.L.
Realizar un servicio público, amparado en una tarjeta privada complementaria (según cota), transportando arena. No lleva a bordo del vehículo ninguna tarjeta de transportes, y lleva distintivos de servicio privado. No justifica relación de carga-vehículo-conductor. Dicho transporte lo realiza varias veces para la empresa Catisa o La Estrella de Ponferrada.
Artículo 102.3º de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
OU-00015-O-2001
Fernando y Beatriz, S.L.
No llevar a bordo del vehículo contrato de arrendamiento.
Artículo 133 de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
OU-00331-O-2001
Mariano Velasco Pérez
Efectuar un período de conducción diario de 12 horas y 30 minutos. Exceso de más del 20% desde las 8.25 hasta las 22.35 horas del día 2-1-2001. Conducir ininterrumpidamente más de 6 horas.
R (CE) 3820/1985 Artículo 143 de la
250.000 pesetas
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
C-5327-AL
G.C. Tráfico Avenida de La Florida, 197, 36214 Vigo (Pontevedra)
16-8-2000; 9.55; A-52; 181 Ley 16/1987 y artículo 41
del R.D 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros 4850 BBN
G.C. Tráfico San Cibrao, s/n, 15601 Nogueirosa (San Cosme) (Pontedeume) (A Coruña)
23-11-2000; 13-01-2000;
OR-CV-674.4 R.D. 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 2.103,54 euros AL-9104-AB
G.C. Tráfico Cl. O Pilar, 5, 4610 Cuevas de Almanzora (Almería)
6-11-2000; 16; A-52; 217 Ley 16/1987 y artículo 41
del R.D 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros GU-7395-G
G.C. Tráfico Ctra. de Galápagos, s/n, 19174 Torrejón del Rey (Guadalajara)
15-6-2000; 21.15; N-550; 165 R.D. 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros OR-2983-N
G.C. Tráfico Río Lor, 14, 27320 Quiroga (Lugo)
11-7-2000; 9.20; A-52; 301 Ley 16/1987 y artículo 157
del R.D. 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros
OU-1527-L
G.C. Tráfico Torrecedeira, 14-4º F, 36202 Vigo (Pontevedra)
13-7-2000; 19.05; A-9; 137,5 Ley 16/1987 y artículo 41
del R.D 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros PO-1150-AT
G.C. Tráfico Fernando O Santo, 27, 2846 Alpedrete (Madrid)
19-9-2000; 11.10; N-550; 159 R.D. 2115/1998 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros OU-1527-L
G.C. Tráfico Torrecedeira, 14-4º F, 36202 Vigo (Pontevedra)
19-12-2000; 20.30; N-550; 160 Ley 16/1987 y artículo 41
del R.D 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros M-9682-UM
G.C. Tráfico Antonio López, 78, 2819 Madrid
25-10-2000; 4.30; A-9; 15 1990, artículo 6 del R
(CE) 3820/1985, artículo
90 de la Ley 16/1987 y
artículo 41 del R.D.
1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 C-8527-AW
G.C. Tráfico Galileo Galilei-políg. A Grela, 17-B, 158 A Coruña
14-11-2000; 16.50; N-VI; 187,500 Ley 16/1987 y artículo 41
del R.D 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 eurosOU-02571-O-2000
Manipulación de Vehículos, S.L.
Transportar 1.500 kg de pienso de animales, careciendo el vehículo de la tarjeta de transportes o documento oficial que lo sustituya. El vehículo carece de todos los distintivos del radio de acción.
Artículo 90 de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
OU-03116-O-2000
Marina Cores Castro
Transportar tierra con una masa total en carga de 42.350 kg, estando autorizado para una masa máxima de 32.000 kg, exceso de peso 10.350 kg, equivalente al 32%.
Artículo 200.3º del
Artículo 143 de la
350.000 pesetas
OU-03127-O-2000
La Cañada Lazud, S.L.
Realizar un transporte de plástico entre Pontevedra y Almería, careciendo de la tarjeta de transportes para la realización de transporte público nacional. Distintivos MDPN.
Artículo 90 de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
PO-01671-O-2000
Logicgranit, S.L.
Circular transportando dos bloques de grnaito con un peso total de 49.940 kg teniendo un PMA autorizado de 40.000 kg, lo que supone un exceso de 9.940 kg, un 24,85%. Servicio público.
Artículo 200.3º del
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
PO-01915-O-2000
Arrendamientos-Ttes. Excavaciones Ate, S.A.
Circular efectuando un transporte de 19 cajas de losa, realizando un servicio público al no presentar albarán del titular de la tarjeta que acredite la titularidad de la mercancía. Arrastra semirremolque matrícula LU-00139-R de la titularidad de Industrias Pérez Curto, S.A. El vehículo carece de distintivos. Servicio privado.
Artículo 102.3º de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
PO-01940-O-2000
Rosa Mª Domínguez Lens
Circular transportando un contenedor (harina de pescado) careciendo de la tarjeta de transportes. Arrastra semirremolque matrícula PO-01441-R de la titularidad de Garcotrans, S.L. Servicio público.
Artículo 90 de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
PO-02343-O-2000
Velpa, S.A.
Circular con el vehículo indicado con paneles de peligro nº 30 nº ONU 1202 (gasoil) vacío, no presentando carta de porte en la que figura la indicación última mercancía cargada, marg. 2322; ni certificado de lavado de la misma. Servicio público.
Artículo 33.10º del
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
PO-03243-O-2000
Rosa Mª Domínguez Lens
Circular transportando un contenedor con 362,850 metros cuadrados de chapa pulida, careciendo de tarjeta de transportes. Servicio público.
Artículo 90 de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
XC-00017-O-2001
Filvitrans, S.L.
Circular efectuando un transporte de congelados, careciendo de tarjeta de transportes. Ostenta distintivos ámbito nacional MDP. El vehículo está obligado al uso de tacógrafo, con un descanso diario, período de 24 horas, de cinco horas y veinte minutos, en disco diagrama del 24-10-2000.
O.M. 25 de octubre de
Artículo 143 de la
XC-00247-O-2001
Coacon, S.L.
Circular realizando un transporte de cemento a granel desde Bergondo a Coruña con la tarjeta de transporte caducada. Fecha caducidad 31-7-2000.
Artículo 90 de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
C-5327-AL
G.C. Tráfico Avenida de La Florida, 197, 36214 Vigo (Pontevedra)
31-8-2000; 16.35; N-550; 45,500 Ley 16/1987 y artículo 41
del R.D 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 eurosXC-01456-O-2000
Manipulación de Vehículos, S.L.
No llevar a bordo a tarjeta de transporte, transportando 500 kgs. de comida para perros, con destino a empresa distinta del propietario o titular del vehículo efectuando transporte público discrecional de mercancías.
Artículo 90 de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
LU-4185-M
G.C. Tráfico Martín, s/n, 15960 Ribeira (A Coruña)
30-8-2000; 13; VRG-11; 35 Ley 16/1987 y artículo 41
del R.D 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros C-2296-P
G.C. Tráfico Sta. Cristina-Perillo, 6, s/n, 15174 Perillo (Santa Leocadia) (Oleiros), A Coruña
28-6-2000; 17.40; N-651; 11,500 Ley 16/1987 y artículo 157
del R.D. 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 euros C-8100-CG
G.C. Tráfico Vedra, 13, 15965 Santiago de Compostela (A Coruña)
30-6-2000; 11.50; VR-G11; 29,800 Ley 16/1987 y artículo 157
del R.D. 1211/1990 Ley 16/1987, artícu-
lo 201 del R.D.
1211/1990 1.502,53 eurosXC-01465-O-2000
Pesquera Boteira, S.L.
Realizar un transporte de mercancías de pescado fresco y empaquetado desde Ribeira a Vigo, con tarjeta transporte privado complementario, siendo un transporte público de mercancías al llevar aparte de 7.000 kg de pescado con guía propia (4.000 de jurel y 3.000 de bacaladilla); 600 kg de bacaladilla para la empresa Castelo-Transpesca, S.A. y 300 de bacaladilla para la empresa Hermar, S.A. para la empresa De la Mar, S.L. 600 kg de bacaladilla empaquetado. Todas las empresas para las que realiza el transporte carecen de guía dicha mercancía; sólo posee guía de la mercancía propia que transporta.
Artículo 90 de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
XC-01652-O-2000
Crta. Distribuidora V, S.L.
No acreditar ningún tipo de relación laboral el conductor y el titular de la tarjeta propietario del vehículo.
Artículo 102.3º de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas
XC-01864-O-2000
Alfeco, S.A.
Circular transportando material de encofrado, sin que el conductor o responsable del transporte acredite su relación laboral con la empresa, a la que está concedida la autorización MPC.
Artículo 102.3º de la
Artículo 143 de la
250.000 pesetas