De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 noviembre, de régimen
jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan las propuestas de resolución, dictadas por la instructora en los expedientes que por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia, se están tramitando en esta delegación.
A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la postestad sancionadora, los denunciados en el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación; podrán examinar el expediente, en el Servicio de Medio Ambiente Natural, sito en la calle Benito Corbal, 47, 5ª planta, y presentar las alegaciones que se consideren convenientes.
Pontevedra, 5 de julio de 2001.
José Luis Díez Yáñez
Delegado provincial de Pontevedra
ANEXO
Expediente: P-P-2001/013.
Denunciado: Vicente Gozalvos López. Calle Zamora, 100, 3º A, Vigo.
DNI: 35.415.250.
Hechos denunciados: pescar una trucha (17 cm) de tamaño inferior al autorizado, tirándola al río y vive, a las 11.10 horas del día 18 de marzo de 2001, en el río Louro a su paso por Louredo, en el ayuntamiento de Mos.
Fecha del acuerdo de incoación: 22-3-2001.
Alegaciones a la incoación: presenta escrito con fecha 17-4-2001.
Fecha de la propuesta de resolución: 5-6-2001.
Precepto infringido: artículo 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia, en relación con el anexo IV del Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial e de los ecosistemas acuáticos continentales.
Precepto sancionador: 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.
Sanción: 10.000 pesetas (60,10 euros).
Expediente: P-P-2001/041.
Denunciado: Eduardo Vázquez Hernández, Purificación Saavedra, 1ª travesía, 21, 1ª, Vigo.
DNI: 36.146.010.
Hechos denunciados: pescar en un tramo de río vedado hasta el 6 de mayo por tratarse de aguas habitadas por salmón, al ser sorpendido el denunciado se encontraba realizando lances al agua. Hechos acaecidos a las 20.15 horas del día 7 de abril de 2001, en el río Tea a su paso por Fozara, en el ayuntamiento de Ponteareas.
Fecha del acuerdo de incoación: 27-4-2001.
Alegaciones a la incoación: presenta escrito con fecha 28-5-2001.
Fecha de la propuesta de resolución: 31-5-2001.
Precepto infringido: artículo 33.9º de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia, en relación con el artículo 3 de la Orden de 15-2-2001 y con el anexo I de la Orden de 20-1-2000.
Precepto sancionador: 33 de la Ley 7/1992, de pesca fluvial de Galicia.
Sanción: 20.000 pesetas (120,20 euros).