Vista la solicitud para autorización administrativa, reconocimiento de utilidad pública, con la relación concreta e individualizada de los bienes o derechos que se consideran de necesaria expropiación, así como la aprobación del proyecto de ejecución que se cita:
Solicitante: Unión Fenosa Distribución, S.A.
Domicilio social: avda. de Arteixo, 171, 15007 A Coruña.
Denominación: L.M.T., C.T. y R.B.T. Sequeiro (Narón).
Líneas eléctricas aéreas de media tensión a 15/20 kV, sobre apoyos de hormigón y con conductor LA-56:
-De 870 m de longitud, con origen en el apoyo nº 16 de la línea que alimenta el C.T. Igrexa y final en el C.T. Sequeiro, a instalar.
-De 1.440 m de longitud, con origen en el apoyo nº 77 de la línea que alimenta el C.T. Vilallonte y final en el C.T. Bidueiro, a instalar.
Centros de transformación tipo intemperie, sobre apoyos de hormigón, de 100 kVA y tensiones de 15/20 kV/0,380-0,220 kV en Sequeiro y Vilallonte. Red de baja tensión sobre apoyos de hormigón y con conductor R.Z. de 960 m de longitud que parte del C.T. Sequeiro y discurre por el lugar del mismo nombre, en el término municipal de Narón.
La petición se sometió a información pública, con la relación de propietarios, bienes y derechos afectados, se publicaron en el DOG del 28 de junio de 2000, en el BOP del 12 de junio, en el periódico La Voz de Galicia de 8 del junio, y en los tablones de anuncios de la Casa del Ayuntamiento de Narón, al mismo tiempo, se notificó individualmente a cada uno de los interesados que figuran en dicha relación.
Asimismo, se comprobó que las alegaciones efectuadas por los interesados en cuanto a la modificación del trazado de la línea eléctrica no pueden ser tenidas en cuenta por no darse las condiciones previstas en el artículo 57.B de dicha ley y artículo 26 del mencionado decreto.
Vista la Ley 54/1997, de 27 de noviembre del sector eléctrico, los decretos 2617/1966 y 2619/1966, de 20 de octubre, sobre autorización y expropiación forzosa de las instalaciones eléctricas y cumplidos los trámites reglamentarios establecidos, esta delegación provincial resuelve:
Autorizar y aprobar el proyecto de las citadas instalaciones y declarar, en concreto, la utilidad pública de los mismos que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Industria y Comercio, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución; tambien podrá interponer cualquier otro recurso que estime pertinente a su derecho.
A Coruña, 19 de junio de 2001.
Jesús Espada Martínez
Delegado provincial de A Coruña