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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 147 Martes, 31 de julio de 2001 Pág. 10.439

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la incoación de expediente sancionador P-C-01/4 y tres más.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan, la incoación de expediente sancionador, por infracción de la Ley 4/1997, de 25 de junio, de caza de Galicia.

Que asimismo, designo instructora del expediente a Pilar Pita Ponte y secretario a Carlos Márquez Carrera lo que se notifica, a los efectos previstos en el artículo 29 de la citad Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, pudiendo recusarlos en cualquier momento de la tramitación del expediente por alguna de las causas previstas en el artículo 28 de la citada ley.

A los efectos previstos de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los denunciados dispondrán de un plazo de quince días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, para formular las alegaciones, aportar los documentos o aportar las pruebas que convengan a su derecho, advirtiéndole que de no efectuar alegación ninguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, de darse los supuestos previstos en el artículo 13 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora.

Pontevedra, 22 de junio de 2001.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: caza P-C-01/4.

Denunciado: Celso Carballo Leiro, domicilio avda. de Pontevedra, 51, 36940 Cangas de O Morrazo.

DNI: 35279221.

Hechos denunciados: cazar en el coto de Cangas PO-10145 sin permiso.

Fecha del acuerdo de incoación: 24-4-2001.

Precepto infringido: artículo 58.27º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia (DOG nº 133, del 11 de julio).

Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia (DOG nº 133, del 11 de julio).

Sanción: 100.001 pesetas (601,02 euros).

Inhabilitación: retirada de la licencia e inhabilitación para obtenerla durante 1 año y un día.

Expediente: caza P-C-01/5.

Denunciado: David Fernández Rodríguez, domicilio: As Cernadas, Lira, 36459 Salvaterra de Miño.

DNI: 34871915.

Hechos denunciados: cazar en terrenos sometidos a régimen cinegético especial perfectamente señalizado, aun cuando no obtuviese ninguna pieza, sin estar en posesión del correspondiente permiso.

Fecha del acuerdo de incoación: 24-4-2001.

Precepto infringido: artículo 58.27º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia (DOG nº 133, del 11 de julio).

Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia (DOG nº 133, del 11 de julio).

Sanción: 100.001 pesetas (601,02 euros).

Inhabilitación: retirada de la licencia e inhabilitación para obtenerla durante 1 año y un día.

Expediente: caza P-C-01/16.

Denunciado: Gonzalo Piñeiro Fernández, domicilio: carretera de A Sobreira, 10, Valadares, Vigo.

DNI: 36035111.

Hechos denunciados: cazar en una zona de seguridad, vía pública denominada Camiño As Valadas, Valadares, próxima a viviendas (a menos de 50 m).

Fecha del acuerdo de la incoación: 3-5-2001.

Precepto infringido: artículo 58.33º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia (DOG nº 133, del 11 de julio).

Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.

Sanción: 100.001 pesetas (601,02 euros).

Inhabilitación: retirada de la licencia e inhabilitación para obtenerla durante 1 año y un día.

Expediente: caza P-C-01/24.

Denunciado: Manuel Angustia Rubianes, domicilio: O Lameiro, Cea, 36600 Vilagarcía de Arousa.

DNI: 35420152.

Hechos denunciados: transitando por la zona conocida como Monte da Marquesa con cinco perros de caza, sin evitarles molestias a las piezas de caza.

Fecha del acuerdo de la incoación: 21-5-2001.

Precepto infringido: artículo 57.12º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia (DOG nº 133, del 11 de julio).

Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia (DOG nº 133, del 11 de julio).

Sanción: 10.000 pesetas (60,10 euros).