Galego | Castellano

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 146 Lunes, 30 de julio de 2001 Pág. 10.380

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE JUSTICIA, INTERIOR Y RELACIONES LABORALES

RESOLUCIÓN de 13 de junio de 2001, de la Dirección General de Relaciones Laborales, por la que se ordena el registro y la publicación, en el Diario Oficial de Galicia, del acta de constitución y el Reglamento de funcionamiento de la Comisión Territorial de Formación Continua de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El texto del III Acuerdo Nacional de Formación Continua fue suscrito con fecha de 19 de diciembre de 2000 por la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) y la Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (CEPYME), así como por la Unión General de Trabajadores (UGT), la Confederación Sindical de Comisiones Obreras (CC.OO.) y la Confederación Intersindical Galega (CIG), y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 83.3º en relación con el 90, apartados 2º y 3º, del Real decreto legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley del Estatuto de los trabajadores y el Real decreto 1040/1981, de 22 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos de trabajo, la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales acordó ordenar su inscripción, registro y publicación por Resolución de 2 de febrero de 2001 (BOE del 9 de febrero). En su artículo 19 se prevé la constitución de comisiones paritarias

territoriales.

Visto el texto del acuerdo de constitución de la Comisión Territorial de Formación Continua de la Comunidad Autónoma de Galicia y su reglamento, suscrito a 29 de marzo de 2001 por la organización empresarial CEF y las organizaciones sindicales UGT, CC.OO. y CIG.

En su virtud, y de conformidad con las disposiciones anteriormente citadas, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 60 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

La Dirección General de Relaciones Laborales

ACUERDA:

Primero.-Ordenar el depósito y registro del acta de constitución de la Comisión Territorial de Formación Continua de la Comunidad Autónoma de Galicia, y su reglamento, y remitirle copia de él a la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.

Segundo.-Disponer su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de junio de 2001.

José Vázquez Portomeñe

Director general de Relaciones Laborales

Acta de constitución de la Comisión Paritaria Territorial de la Formación Continua de Galicia de la Comunidad Autónoma de Galicia.

En Santiago de Compostela, 7 de junio de 2001, reunidas las personas que se relacionan a seguir:

Por la CEG:

Fausto Santamaría Fernández.

Por UGT:

José Tomé Roca.

Por CC.OO.:

Florentino García Solla.

Por CIG:

Serafín Otero Fernández.

Y con el objeto de constituír la Comisión Paritaria Territorial de Formación Continua de Galicia, en cumplimiento del III acuerdo nacional de Formación Continua, acuerdo alcanzado, de una parte, por CEDE y CEPYME en su condición de organizaciones empresariales más representativas de carácter estatal y, de otra, por CC.OO. y UGT como organizaciones sindicales más representativas de carácter estatal y CIG en su calidad de organización sindical más representativa de carácter autonómico, suscrito el 19 de diciembre de 2000, adoptan los siguientes

ACUERDOS:

Primero.-Que al amparo de lo establecido en el artículo 19 del III Acuerdo Nacional de Formación Continua de 19 de diciembre firmado por las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME, y las organizaciones sindicales UGT, CC.OO. y CIG, las partes anteriormente mencionadas a los efectos oportunos, con capacidad negociadora suficiente en la Comunidad Autónoma de Galicia, acuerdan la constitución de la Comisión Paritaria Territorial de Formación Continua, con el objeto de contribuir a los fines del III Acuerdo Nacional de Formación Continua.

Segundo.-Comunicar a la Comisión Mixta Estatal de Formación Continua la constitución de la Comisión Paritaria Territorial de Galicia para el desarrollo del III Acuerdo Nacional de Formación Continua en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tercero.-Aprobar el Reglamento de funcionamiento de esta comisión paritaria, anexo a esta acta.

Cuarto.-Designar como presidente de la Comisión Paritaria Territorial de Galicia a Fausto Santamarina Fernández, de acuerdo con el artículo 4 del Reglamento de funcionamiento de esta comisión paritaria.

Quinto.-Designar como secretario de la Comisión Paritaria Territorial de Galicia a Daniel Bernández Cancelas (CIG), de acuerdo con el artículo 5 del Reglamento de funcionamiento de esta comisión paritaria.

Sexto.-Designar como vocales de la Comisión Paritaria Territorial de Galicia, conforme al artículo 6 del Reglamento de funcionamiento de esta comisión a:

Titulares:-Fausto Santamarina Fernández (CEG).-María José Fernández Robledo (CEG).-Ricardo Fernández Castro (CEG).-José Tomé Roca (UGT).-Eusebio Justo Santos (CC.OO.).-Daniel Bernárdez Cancelas (CIG).

Suplentes:-Rosa Corral Regueiro (CEG).-Alberto Domínguez López (CEG).-Rolando Rodríguez López (CEG).-Rosa Arcos Caamaño (UGT).-Florentino García Solla (CC.OO.).-Serafín Otero Fernández (CIG).

Séptimo.-Las partes firmantes remitirán el presente acuerdo a la autoridad laboral competente para su registro y publicación. Igualmente, lo remitirán a la Comisión Mixta Estatal de Formación Continua a los efectos oportunos.

Octavo.-Los presentes acuerdos entrarán en vigor al día siguiente de su firma y concluirán su vigencia el 31 de diciembre de 2004. No obstante, las partes podrán de común acuerdo estimar la prórroga del mismo antes de su expiración siempre y cuando se produjese previamente la prórroga del III ANFC.