Por Orden del 27 de marzo de 2001 (DOG nº 66, del 3 de abril), la Consellería de Justicia, Interior y Relaciones Laborales anunció medidas de apoyo
a los ayuntamientos gallegos, consistentes en la concesión de equipos de comunicación bases de radio trunking para misiones de protección civil.
Analizadas las solicitudes y su documentación por los servicios competentes de la Dirección General de Interior y Protección Civil se emitió el correspondiente informe, y de conformidad con el punto 5º de la antedicha orden
RESUELVO:
Primero.-Conceder con cargo a la aplicación 13.04.623.0, programa 231 A, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para 2001, la cesión en propiedad de un equipo de comunicación base de Radio Trunking a los ayuntamientos de la provincia de A Coruña: Brión, Camariñas, Cambre, Cariño, Cedeira, Cee, Cerceda, Corcubión, Curtis, A Laracha, Laxe, Lousame, Mugardos, O Pino, Ponteceso, Porto do Son, Sada, Santa Comba, Sobrado, Touro, Val do Dubra, Vedra y Zas; de la provincia de Lugo: Carballedo, Lourenzá, Ourol, Pol, A Pontenova y Valadouro; de la provincia de Ourense: Amoeiro, Avión, Bande, Calvos de Randín, Cartelle, Larouco, Maceda, O Irixo, Os Blancos, Piñor, Punxín, Rairiz de Veiga, San Cibrao das Viñas, Sandiás, A Veiga y Vilamartin de Valdeorras; y de la provincia de Pontevedra: Catoira, A Guarda, Illa de Arousa, Marín, Meis, Moaña, Poio, Ponteareas, Salceda de Caselas, Tomiño, Vilaboa y Vila de Cruces.
Segundo.-Se notificará el contenido de esta resolución a los ayuntamientos beneficiarios, especificando las condiciones particulares que deberán cumplir, y que se formalizarán mediante convenio en el que constará el acuerdo de la cesión y la aceptación del cesionario.
Tercero.-Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del siguiente al de la publicación de esta orden. En todo caso, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se produzca la desestimación presunta del recurso de reposición.
Santiago de Compostela, 26 de junio de 2001.
Antonio Pillado Montero
Conselleiro de Justicia, Interior
y Relaciones Laborales