De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE nº 12, del 14 de enero), se notifica a la sociedad que a continuación se relaciona la propuesta de resolución del expediente sancionador nº AC-35/2001, de la Delegación Provincial de Cultura, Comunicación Social y Turismo de A Coruña, ya que, intentada por los medios habituales, no pudo practicarse.
Se advierte a la sociedad titular del establecimiento denunciado que, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 19.1º del Real decreto 1398/1993, y en el artículo 100 de la Ley 9/1997, de 21 de agosto, de ordenación y promoción del turismo en Galicia, se le concede un plazo de quince (15) días para formular las alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes ante el instructor del procedimiento; pasado este plazo se procederá a dictar resolución.
Expediente: AC-35/2001.
Denunciado: Codex Calixtinus, S.L.
Establecimiento: café-bar Generaciones.
Dirección: plaza Cervantes, nº 21.
Localidad: Santiago de Compostela.
Precepto infringido: artículo 86, apartado 3 de la Ley 9/1997.
Fecha de la propuesta de resolución: 11 de abril de 2001.
Sanción propuesta: veinte mil (20.000) pesetas.
A Coruña, 15 de junio de 2001.
Isabel García Vila
Delegada provincial de A Coruña