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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 144 Jueves, 26 de julio de 2001 Pág. 10.262

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 6 de junio de 2001, de la Delegación Provincial de Ourense, por la que se autoriza y se aprueba el proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que se cita. (Expediente IN407A 01/25-3).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Hodro Giesta, S.R.L.

Domicilio social: Cantón Grande, 6-6º A, 15003 A Coruña.

Título: L.M.T. interconexión CC.HH. Peneda-Arnoia-Cerves.

Situación: Arnoia y Castrelo de Miño.

Características técnicas: línea a 20 kV subterránea Peneda-Val de Ameixeira, circuito simple, en conductor tipo R.H.Z. 1 H-16 12/20 kV, de 1.012 m de longitud, con origen en la central hidroeléctrica de Peneda y finaliza en la arqueta de confluencia con la L.M.T. subterránea Arnoia-Val de Ameixeira, de 593 m e iguales características que la anterior, continuando subterráneas 150 m hasta el apoyo de paso subterrénea-aérea de la línea Val de Ameixeira subestación Castrelo, en conductor LA-280, doble circuito (4.433 m) hasta Coto Novelle donde se interconexiona con la L.M.T. procedente de la central hidroeléctrica Cerves, y continúa en triple circuito (LA-110) hasta As Pedreiras, 2.478 m, desde donde pasa a conducción subterránea (450 m) en conductor R.H.Z.A H-16, 12/20 kV hasta la subestación de Castrelo propiedad de Unión Fenosa S.A.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, y en los capítulos III y IV del Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización de instalaciones eléctricas, esta delegación provincial ha resuelto,

Autorizar y aprobar el proyecto de ejecución de las referidas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el mismo y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

En cuanto al condicionado establecido por el ayuntamiento de Castrelo de Miño, la Ley 54/1997, del sector eléctrico, de 27 de noviembre, no exige para este tipo de instalaciones la presentación del estudio de impacto ambiental. La línea ya contaba con la autorización de la Consellería de Medio Ambiente de fecha 4-1-1999, y esta modificación no incrementa las afecciones.

Contra la presente resolución podrá interponer recurso de alzada ente el conselleiro de Industria y Comercio en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de notificación de esta resolución; también podrá interponer cualquiera otro recurso que estime pertinente a su derecho.

Ourense, 6 de junio de 2001.

Alfredo Cacharro Pardo

Delegado provincial de Ourense