En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4 del Real decreto 873/1977, de 22 de abril, de desarrollo de la Ley 19/1977, de 1 de abril, y para los efectos previstos en él, se hace público que en el correspondiente servicio de esta dirección general fueron depositados el acta de constitución y los estatutos de la Asociación Profesional del Comercio Ambulante de Galicia que tiene los siguientes ámbitos:
Territorial: Comunidad Autónoma de Galicia.
Profesional: podrán pertenecer a la referida asociación las personas que acrediten poseer la documentación legal que se exige a todos los comerciantes ambulantes.
Firman el acta de constitución: José Manuel Liste García, Santiago Patrón Requeijo y Manuel González Pérez.
Santiago de Compostela, 7 de junio de 2001.
José Vázquez Portomeñe
Director general de Relaciones Laborales