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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 140 Jueves, 19 de julio de 2001 Pág. 9.881

III. OTRAS DISPOSICIONES

ESCUELA GALLEGA DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 9 de julio de 2001 por la que se convocan unas jornadas sobre la nueva Ley de enjuiciamiento civil (Ley 1/2000, de 7 de enero).

Dentro del plan de actividades de la Escuela Gallega de Administración Pública para 2001, y de acuerdo con las funciones atribuidas por la Ley 4/1987, de 27 de mayo, de creación de la escuela, y por la Ley 10/1989, de 10 de julio, de modificación de la anterior, se convocan unas Jornadas sobre la nueva Ley de enjuiciamiento civil (Ley 1/2000, de 7 de enero), convocatoria que se desarrollará según las siguientes

Bases:

1. Objetivos.

La nueva Ley de enjuiciamiento civil constituye el texto legal más extenso que se ha aprobado, hasta el momento, durante el período democrático instaurado tras la aprobación de la Constitución española, constituido por 827 artículos, 4 disposiciones adicionales, 7 disposiciones transitorias, 1 disposición derogatoria y 21 disposiciones finales y supondrá una notable transformación de la justicia civil en orden a lograr una efectividad en la tutela judicial atribuida exclusiva y excluyentemente a jueces y magistrados, integrantes del Poder Judicial en el marco de un proceso con plenitud de garantías procesales.

Las jornadas proyectadas pretenden ofrecer una panorámica general, tanto desde el punto de vista dogmático como práctico -no en vano la impartición del mismo corre a cargo de profesores universitarios, algunos de los cuales se dedican a la abogacía o han desempeñado funciones jurisdiccionales-, de las más notables novedades legislativas que supone da Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil.

Objetivos de las distintas ponencias:

-La ponencia relativa a las actuaciones judiciales abordará el planteamiento de novedades tan destacadas como la nueva regulación de la recusación y abstención, la introducción de instituciones, hasta el momento ausentes en la legislación procesal civil, aunque reconocidas jurisprudencialmente -tales como la sucesión procesal (inter vivos o mortis causa), la intervención procesal-, el reconocimiento de la legitimación a los grupos de asociaciones de consumidores y usuarios, la nueva regulación de la jurisdicción y la competencia, la acumulación de acciones, los actos de comunicación, etc.

-La ponencia referida al juicio ordinario y verbal se centrará, básicamente, en la exposición de las distintas fases que integran ambos procedimientos ordinarios, prestando especial atención a las importantes novedades que en materia de prueba se incorporan con el nuevo texto legal, abordando múltiples problemas que los distintos comentaristas de la Ley de enjuiciamiento civil ya han tenido ocasión de plantear, tales como el alcance del principio de preclusión de la alegación de hechos y fundamentos de derecho, contenido en el artículo 400 L.E.Cv., la nueva regulación de la reconvención, de las excepciones reconvencionales relativas a la compensación y la nulidad del negocio jurídico, la subsistencia o no del juicio verbal del automóvil, etc.

-La ponencia relativa a los recursos en el proceso civil planteará, entre otras cuestiones, la nueva regulación de los recursos de apelación, casación, extraordinario por infracción procesal -con especial atención, en relación con éste, a las novedades que supondrán la atribución de este recurso a los tribunales superiores de justicia una vez sea aprobada la Ley orgánica de reforma de la Ley orgánica del Poder Judicial-, el recurso en interés de ley, etc.

-En cuanto a la ponencia centrada en la ejecución, cabe señalar, igualmente, la introducción de novedades tan destacadas como las referidas a la regulación de una ejecución forzosa única, con normas comunes tanto para títulos judiciales como extrajudiciales, celebración de una única subasta, nueva regulación de la ejecución provisional, etc.

-Y, por último, en lo relativo a los procesos especiales, contenidos en el libro IV de la Ley de enjuiciamiento civil, sin duda, por la transcendencia e importancia práctica de los procedimientos, se prestará especial atención al proceso monitorio, juicio cambiario y procedimientos matrimoniales.

2. Contenido.

Se tratarán estos temas:

-Las actuaciones judiciales.

-El juicio ordinario y el juicio verbal.

-Los recursos en el proceso civil.

-La ejecución.

-El proceso cautelar.

-Los procesos especiales.

3. Destinatarios.

Personal al servicio de la Xunta de Galicia y de la Administración local gallega e interesados en general.

4. Desarrollo.

-Horario: mañana y tarde.

-Lugar y fechas: las jornadas convocadas tendrán lugar en el salón de actos de la Delegación Provincial de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública en Lugo (Ronda da Muralla, s/n, de la citada ciudad) los días 6 y 7 de septiembre de 2001.

5. Inscripción.

-Plazo: finaliza el miércoles día 4 de septiembre de 2001.

-Tramitación de solicitudes: las solicitudes irán dirigidas al director de la Escuela Gallega de Administración Pública, Polígono de As Fontiñas, calle de Madrid, 2-4, 15707, Santiago de Compostela, según el modelo que figura como anexo a esta convocatoria, y se presentarán en el registro general de la EGAP, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Se admitirán también inscripciones por fax: (981) 54 63 30.

-Número de plazas: limitado a la capacidad del local.

-Inscripciones fuera de plazo: sólo se admitirán, si quedan plazas libres, con la condición de que se cumplan los requisitos generales antes indicados.

Los peticionarios podrán obtener confirmación de su posible admisión, llamando por teléfono, el día 5 de septiembre, de 8.30 a 14.30 horas, a los siguientes números: 981 54 62 39/44 o 981 54 60 40.

6. Modificaciones.

La EGAP se reserva la facultad de interpretar y de resolver las incidencias que pudiesen surgir en el desarrollo de las jornadas, así como la de cancelarlas, si el escaso número de solicitudes no justificase su realización.

7. Certificado de asistencia.

Se les entregará, al final de estas jornadas, a aquellas personas inscritas que concurran asiduamente a ellas, cuando su asistencia sea igual o superior al 85% de las horas lectivas programadas, y se expresará, en este documento, la naturaleza de la actividad y las fechas de su realización.

Santiago de Compostela, 9 de julio de 2001.

Domingo Bello Janeiro

Director de la Escuela Gallega de Administración Pública