Por orden de la Consellería de Medio Ambiente de 3 de abril de 2001 (Diario Oficial de Galicia nº 76, del 19 de abril) por la que se establecen las normas para la concesión de ayudas a inversiones en el ámbito de la acuicultura en aguas continentales, se estableció en su artículo 11, que el plazo de presentación de solicitudes y documentación sería de un mes, contado a partir del día siguiente a aquel en el que tuviera lugar la publicación de la orden en el DOG.
Teniendo en cuenta la adaptación de las instalaciones existentes a la normativa de pesca fluvial y de protección del medio ambiente actualmente existentes requiere, en muchos casos, de la elaboración y redacción de proyectos técnicos complejos y de la tramitación de expedientes de autorización ante otros organismos.
Estas circunstancias particulares que concurren en las inversiones subvencionables, y con la finalidad de facilitar la presentación de aquellos proyectos en los que su complejidad técnica no posibilitó el cumplimiento de los plazos anteriormente establecidos, esta consellería considera oportuno abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
En consecuencia, en uso de las atribuciones que me confiere la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y su presidente, y del Decreto 482/1997, de 26 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente,
DISPONGO:
Artículo único.
1. Se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes en la concesión de ayudas a inversiones en el ámbito de la acuicultura en aguas continentales convocadas por orden de la Consellería de Medio Ambiente de 3 de abril de 2001, sin perjuicio de la validez de las presentadas con anterioridad al amparo de dicha orden.
2. El plazo de presentación tendrá una duración de veinte (20) días hábiles, y comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 11 de julio de 2001.
Carlos del Álamo Jiménez
Conselleiro de Medio Ambiente