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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 138 Martes, 17 de julio de 2001 Pág. 9.671

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 14 de junio de 2001 por la que se autoriza la baja de la escuela de música Adesa, de Samos (Lugo), en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia.

El artículo 39.5º de la Ley orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de ordenación general del sistema educativo, establece que podrán cursarse, en escuelas especificas, estudios de música o danza que, en ningún caso, podrán conducir a la obtención de títulos convalidez académica o profesional. Asimismo, la Orden de 11 de marzo de 1993 (DOG del 22 de abril), regula las condiciones de creación y funcionamiento de estas escuelas en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Por otro lado, el Decreto 213/1998, de 10 de julio (DOG del 23 de julio), establece en su artículo 1 que le corresponde a la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria las competencias y fuciones en materia de planificación, regulación y administración de la enseñanza en toda su extensión.

La escuela de música Adesa, de Samos (Lugo), fue inscrita en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia por Orden de 27 de septiembre de 1996 (Diario Oficial de Galicia del 7 de noviembre).

La asociación para el desarrollo de Samos (Adesa), titular de esta escuela de música, solicita la baja en el citado registro por cese de sus actividades.

La Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Lugo informa favorablemente esta petición.

Cumplidos todos los trámites reglamentarios y teniendo en cuenta lo anteriormente expuesto, esta consellería, a propuesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autorizar la baja en el Registro de Escuelas de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia de la escuela de música Adesa, de Samos (Lugo), según datos que figuran en el anexo a esta orden.

Segundo.-La presente orden, que agota la vía administrativa, podrá ser objeto de recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en la Ley 4/1999, de 13 de enero (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE del 27 de noviembre), o bien los interesados podrán presentar directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación, conforme se establece en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de

la jurisdicción contencioso-administrativa (BOE del 14 de julio).

Santiago de Compostela, 14 de junio de 2001.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Lugo.

Ayuntamiento: Samos.

Localidad: Samos.

Dirección: plaza de España, 3. Antigua casa del ayuntamiento.

Código del centro: 27016583.

Titular: asociación para el desarrollo de Samos.

Denominación genérica: escuela de música.

Denominación específica: Adesa.

Autorización de baja en el Registo de Escuela de Música y Danza de la Comunidad Autónoma de Galicia por cese de actividades.