El Decreto 25/2001, de 18 de enero, por el que se regula la organización y funcionamiento del Consejo Gallego de Cooperativas, desarrolla las previsiones contenidas en su norma de creación, la Ley 5/1998,
de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, regulando en su artículo cuarto la composición, y en su artículo quinto el procedimiento de nombramiento de los miembros de este órgano.
Por la vacante producida por el miembro titular en representación de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura, en fecha 20 de junio de 2001, dicha consellería procede al nombramiento de vocal titular y suplente en el Consejo Gallego de Cooperativas.
Por lo expuesto, de acuerdo con la propuesta realizada y haciendo uso de la autorización prevista en la disposición final primera del referido decreto,
DISPONGO:
Artículo único.-En representación de la Consellería de Pesca, Marisqueo y Acuicultura y a propuesta del conselleiro de dicha consellería, se nombra como miembro titular del Consejo Gallego de Cooperativas a Miguel Angel López Sieiro y como suplente a Joaquín Mariño Cadarso.
Santiago de Compostela, 26 de junio de 2001.
Antonio Pillado Montero
Conselleiro de Justicia, Interior y Relaciones Laborales