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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 136 Viernes, 13 de julio de 2001 Pág. 9.517

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

ORDEN de 6 de julio de 2001 por la que se abre una segunda convocatoria de solicitud de concesión de subvenciones a asociaciones sin fines de lucro para actividades de distribución, logística y promoción comercial, en desarrollo del programa cuatrienal del sector comercial minorista de Galicia para el año 2001.

El pasado día 8 de marzo de 2001 (DOG nº 48) se publicó la Orden de 27 de febrero de 2001, por la que se regula la concesión de subvenciones a asociaciones sin fines de lucro para actividades de distribución, logística y promoción comercial, en desarrollo del programa cuatrienal del sector comercial minorista de Galicia.

A la vista de la importancia de los fines perseguidos por la citada Orden de 27 de febrero de 2001 y de acuerdo con la posibilidad de ampliación recogida en el artículo 3 de la misma, se hace aconsejable la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes que posibilite la presentación de nuevos proyectos.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 287/2000, de 21 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen de ayudas y subvenciones públicas de la Comunidad Autónoma de Galicia,

DISPONGO:

Artículo 1º.-Nueva convocatoria.

Se establece la apertura de un nuevo plazo de veinte días hábiles a partir de la entrada en vigor de la presente orden, para la presentación de nuevas solicitudes que tengan su fundamento en actividades subvencionables al amparo de la Orden de 27 de febrero de 2001 (DOG nº 48, del 8 de marzo), por la que se regula la concesión de subvenciones a asociaciones sin fines de lucro para actividades de distribución, logística y promoción comercial, y que no hubieran sido subvencionadas al amparo de la misma.

Artículo 2º.-Objeto y regulación de las subvenciones.

Las subvenciones reguladas en la presente orden tienen por objeto la inversión dirigida a la distribución, logística y mejora de la promoción del comercio y de los productos gallegos, tanto en el ámbito de la Comunidad Autónoma como en los mercados nacionales como internacionales, que se ejecuten a partir del 1 de enero de 2001.

En lo referente a los beneficiarios, actividades subvencionables, criterios de adjudicación, cuantía de las subvenciones y demás disposiciones reguladoras se estará a lo establecido en la Orden de 27 de febrero de 2001, por la que se regula la concesión de subvenciones a asociaciones sin fines de lucro para actividades de distribución, logística y promoción comercial.

El plazo máximo para dictar y notificar a los interesados la resolución expresa será de tres meses contados desde la entrada en vigor de la presente orden. A vencimiento del citado plazo sin que se notifique la resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.

Artículo 3º.-Financiación.

Las nuevas solicitudes atendidas se imputarán a la aplicación presupuestaria 08.04.753-A.781.0. Transferencias de capital. Familias y instituciones sin fines de lucro. Distribución logística y promoción comercial.

Aplicación presupuestaria: 08.04.753 A 781.0.

Cantidad: 48.479.289 pesetas.

Disposiciones finales

Primera.-Se faculta al director general de Comercio y Consumo para que dicte las disposiciones necesarias para la aplicación de lo dispuesto en la siguiente orden.

Segunda.-La presente orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de julio de 2001.

Juan Rodríguez Yuste

Conselleiro de Industria y Comercio