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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 134 Miercoles, 11 de julio de 2001 Pág. 9.366

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se notifica la propuesta de resolución del expediente sancionador P-C-00/45 y dos más.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan las propuestas de resolución, dictadas por la instructora en los expedientes que por infracción a la Ley 7/1992, de 24 de julio, de pesca fluvial de Galicia, se están tramitando en esta delegación.

A los efectos previstos en el artículo 19 del Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, los denunciados, en el plazo de 15 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta notificación, podrán examinar el expediente, en el Servicio de

Medio Ambiente Natural, sito en c/ Benito Corbal, 47-5ª planta, y presentar las alegaciones que se consideren convinientes.

Pontevedra, 28 de mayo de 2001.

José Luis Díez Yáñez

Delegado provincial de Pontevedra

ANEXO

Expediente: P-C-00/45.

Denunciado: Carlos Romero Ozores. Domicilio: Barrantes-Tomiño.

DNI: 35.557.724.

Hechos denunciados: entrenar dos perros de caza de raza, uno blanco de color blanca e negra y otro setter inglés de color blanca y negra, careciendo de permiso de los titulares del coto para dicha actividad.

Fecha del acuerdo de la incoación: 3-11-2000.

Alegaciones a la incoación: que en esta fecha el denunciado estaba paseando un perro por una propiedad privada de su suegro.

Fecha de la propuesta de resolución: 5-2-2001.

Precepto infringido: artículo 57.13º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.

Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.

Sanción: 10.000 pesetas (60.10 euros).

Expediente: P-C-00/51.

Denunciado: José Luis Fontenla Bernárdez. Domicilio: Grupo San Roque, 4-3º Vilagarcía de Arousa.

DNI: 35.436.519.

Hechos denunciados: capturar sin autorización administrativa de animales silvestres. Usar para la caza medios de captura prohibidos (uso de liga y reclamo vivo), y cazar en época de veda.

Fecha del acuerdo de la incoación: 7-11-2000.

Alegaciones a la incoación: que tiene a su cargo dos hijos y que está desempleado percibiendo una pensión de 33.590 pesetas por lo que recurrio a esta actividad para poder comer.

Fecha de la propuesta de resolución: 13-3-2001.

Preceptos infringidos: artículo 58.1º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia en relación con el artículo 3 de la Orden de 9-8-2000 y 58.17º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia, en relación con el artículo 2 do anexo II de la Orden de 9-8-2000.

Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.

Sanción:100.001 pesetas (601,02 euros).

Inhabilitación: retirada de la licencia de caza e inhabilitación para obtenerla de un año a 1 día.

Expediente: P-C-00/35.

Denunciado: Antonio Pardo Francisco. Domicilio: lugar de O Cruceiro, 26 András-Vilanova de Arousa.

DNI: 35.418.010.

Hechos denunciados: transitando por el coto 10.124 con 3 perros sin evitarles molestias a las piezas de caza, sin recibo del coto en vigor, en día no hábil para el adiestramiento de perros.

Fecha del acuerdo de la incoación: 26-10-2000.

Alegaciones a la incoación: no presentar alegación a la incoación del expediente.

Fecha de la propuesta de resolución: 5-2-2001.

Precepto infringido: artículo 57, apartados 11º y 35º en relación con el artículo 34.9º de la Ley 4/1997, de caza de Galicia, en relación con el artículo 6 de la Orden de 13 de agosto de 1999 por la que se determinan las épocas hábiles de caza durante la temporada 1999-2000.

Precepto sancionador: artículo 61 de la Ley 4/1997, de caza de Galicia.

Sanción: 10.000 pesetas (60.10 euros).