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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 132 Lunes, 09 de julio de 2001 Pág. 9.222

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 29 de junio de 2001, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se hacen públicas las listas provisionales para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral, reguladas en el artículo 12 c) del Decreto 89/1997, de 10 de abril, modificado por el Decreto 70/2000, de 31 de marzo, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 26 de enero de 2001, de la Dirección General de Función Pública (Diario Oficial de Galicia número 29, del 9 de febrero).

Finalizado el plazo fijado por la resolución de la Dirección General de la Función Pública de 26 de

enero de 2001 (DOG nº 29, del 9 de febrero), de presentación de solicitudes para la elaboración de las listas, para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral en las relaciones de puestos de trabajo, reguladas en el artículo 12 c) del Decreto 89/1997, de 10 de abril, modificado por el Decreto 70/2000, de 31 de marzo y a la vista de las solicitudes presentadas para la categoría 2 (titulado superior médico) del grupo I, categoría 2 (ATS//enfermero//practicante//DUE) del grupo II y categorías 3 (controlador pecuario//ayudante técnico pecuario), 4 (gobernante//gobernante servicios domésticos), 68 (pastor oficial 1ª//mayoral//oficial 1ª ganadería) y 78 (subgobernante) del grupo III y una vez elaboradas por la Comisión Permanente de Selección para la cobertura de puestos reservados a personal laboral, en la sesión del día 28 de junio de 2001, la Dirección General de la Función Pública

RESUELVE:

Primero.-Hacer públicas las listas provisionales para la cobertura con carácter temporal de puestos de trabajo reservados a personal laboral, reguladas en el artículo 12 c) del Decreto 89/1997, de 10 de abril, modificado por el Decreto 70/2000, de 31 de marzo correspondientes a la categoría 2 (titulado superior médico) del grupo I, categoría 2 (ATS//enfermero//practicante//DUE) del grupo II y categorías 3 (controlador pecuario//ayudante técnico pecuario), 4 (gobernante//gobernante servicios domésticos), 68 (pastor oficial 1ª//mayoral//oficial 1ª ganadería) y 78 (subgobernante) del grupo III, las listas están expuestas de la forma que a continuación se indica:

Anexo I. Figuran los solicitantes incluidos en la lista, con indicación de la puntuación provisional.

Anexo II. Figuran los solicitantes excluidos, con la expresión de la causa de exclusión.

Segundo.-Los citados anexos se encuentran expuestos en las siguientes dependencias:

-Dirección General de la Función Pública de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

-Servicio de Información y Atención al Ciudadano de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

-Delegaciones provinciales de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

-Oficinas comarcales de la Consellería de la Presidencia y Administración Pública.

Tercero.-Los interesados dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del día siguiente al de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia, para la subsanación de errores y, en su caso, formular las oportunas alegaciones, que serán dirigidas a la correspondiente Comisión Permanente de Selección de Personal Laboral (Dirección General de la Función Pública; edificios administrativos de San Caetano, s/n, Santiago de Compostela).

Una vez transcurrido el plazo citado con anterioridad, en su caso, se llevarán a efecto las subsanaciones procedentes, dándose de ello la oportuna publicidad.

Cuarto.- Los solicitantes que figuran admitidos en el anexo I (lista B) estarán obligados, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de las listas provisionales, a remitir a la Dirección General de la Función Pública el justificante del abono de la tasa que a continuación se expresa:

Grupo I: 7.755 pesetas.

Grupo II: 6.780 pesetas.

Grupo III: 5.810 pesetas.

Estarán exentos del pago de esta tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33%, con justificación documental.

Quinto.-Contra la presente resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el conselleiro de la Presidencia y Administración Pública en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el DOG, de acuerdo con el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Santiago de Compostela, 29 de junio de 2001.

Joaquín López-Rúa Soler

Director general de la Función Pública