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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 131 Viernes, 06 de julio de 2001 Pág. 9.148

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2001, de la Dirección General de Urbanismo, por la que se hace pública la aprobación definitiva del proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos afectados por la ejecución del aparcamiento al aire libre previsto en el PGOU, entre la avenida de Galicia, la calle Ramón González, la de San Lázaro y calle de nueva apertura, en el ayuntamiento de Ribadeo.

Antecedentes.

1º En fecha 8 de noviembre de 1999, el Pleno del Ayuntamiento de Ribadeo aprobó definitivamente el Plan Especial de Infraestructuras para el desarrollo del Sistema General Viario previsto en el Plan General de Ordenación Urbana, mediante la construcción de un aparcamiento al aire libre entre la avda. de Galicia, la calle Ramón González, la de San Lázaro y calle de nueva apertura.

2º El Ayuntamiento de Ribadeo remitió el expediente de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta, de los bienes y derechos afectados por la ejecución del citado aparcamiento al aire libre previsto en el PGOU de Ribadeo, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 145 de la Ley 1/1997,

de 24 de marzo, del suelo de Galicia (LSG), tramitado a instancia del propio ayuntamiento.

3º El ayuntamiento, en fecha 17 de octubre de 2000, acordó aprobar inicialmente el proyecto de expropiación por el procedimiento de tasación conjunta y somertelo a información pública por el plazo de un mes, anunciándose en el diario El Progreso de fecha 24 de octubre de 2000, en el BOP nº 242, del 21 de octubre de 2000 y en el DOG nº 229, del 27 de octubre de 2000.

4º La tasación fue notificada individualmente a los que aparecían como titulares de bienes y derechos en el expediente, dándoles traslado literal de la correspondiente hoja de aprecio y de la propuesta de fijación de los criterios de valoración, para que formulasen alegaciones en el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de notificación, tal y como señala el artículo 145.4º de la Ley del suelo de Galicia.

5º El Ayuntamiento de Ribadeo emitió informe individualizado sobre cada una de las alegaciones presentadas por los interesados, de conformidad con el artículo 145.6º de la Ley del suelo de Galicia y, en su sesión de 8 de enero de 2001, acordó adquirir por mutuo acuerdo y, por tanto, poner fin al expediente expropiatorio respecto de las fincas números 1, 3 e 4 y remitió el expediente de expropiación forzosa a esta consellería para su aprobación definitiva.

Fundamentos jurídicos.

Primero.-El proyecto de expropiación forzosa incluye en su ámbito la parcela 1 bis, propiedad de José María Rodríguez López, en la que como bienes a expropiar figura una servidumbre de paso que abarca una superficie de 160 m con un gálibo de 4,5 m. Según lo establecido en el artículo 54.2º de la LSG, en caso de desacuerdo con el propietario podrá constituirse una servidumbre forzosa, conforme al procedimiento establecido en la Ley de expropiación forzosa.

Segundo.-El proyecto de expropiación forzosa se tramitó por el procedimiento de tasación conjunta de conformidad con lo dispuesto en el artículo 145 de la Ley del suelo de Galicia.

El proyecto de expropiación abarca la superficie correspondiente a los terrenos precisos para la ejecución de un sistema general previsto en el PGOU de Ribadeo, desarrollado mediante un plan especial de infraestructuras aprobado definitivamente por el ayuntamiento en su sesión de 8 de noviembre de 1999 al amparo del artículo 26.1º a) de la LSG, que prevé como forma de actuación la expropiación.

En virtud de lo dispuesto por los artículos 33 de la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones, y los artículos 54, en relación con 124 e 145, de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, dicha aprobación implica la declaración de utilidad pública de las obras y la necesidad de ocupación de los terrenos incluidos en el ámbito de la actuación, resultando legitimada la expropiación propuesta.

Tercero.-El expediente tramitado cuenta con la documentación preceptiva exigida por el artículo 145.1º de la Ley 1/1997, del suelo de Galicia:

-Determinación de su ámbito territorial, con los documentos que lo identifican en cuanto a situación, superficie y lindes.

-Fijación de precios con la valoración razonada del suelo, según su calificación urbanística.

-Hojas de justiprecio individualizado de cada finca.

-Hojas de justiprecio que corresponden a otras indemnizaciones.

Cuarto.-Los criterios de valoración fijados en el proyecto de expropiación se ajustan a los establecidos por los artículos 23 y siguientes de la Ley 6/1998, sobre régimen del suelo y valoraciones.

Quinto.-La competencia para aprobar el expediente de expropiación forzosa por el procedimiento de tasación conjunta le corresponde por delegación al director general de Urbanismo, de acuerdo con el artículo 1 de la Orden de 30 de diciembre de 1999, del conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivenda (DOG del 10 de enero de 2000) por la que se delegan atribuciones en materia de urbanismo.

En su virtud, vista la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del suelo y valoraciones, y las demás disposiciones aplicables,

RESUELVO:

Primero.-Aprobar definitivamente la constitución de una servidumbre forzosa respecto de la finca 1 bis, afectada por la ejecución del aparcamiento al aire libre previsto en el PGOU entre la avda. de Galicia, la calle Ramón González, la de San Lázaro y calle de nueva apertura, en el ayuntamiento de Ribadeo, propiedad de José María Rodríguez López, de acuerdo con lo establecido en el artículo 54 en relación con el artículo 144.2º a los efectos previstos por los artículos 145 y 146 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

Segundo.-Aprobar definitivamente el proyecto de expropiación forzosa, por el procedimiento de tasación conjunta de los bienes y derechos afectados por la ejecución del aparcamiento al aire libre previsto en el PGOU entre la avda. de Galicia, la calle Ramón González, la de San Lázaro y calle de nueva apertura, en el ayuntamiento de Ribadeo, en lo que respecta a la finca número dos, a los efectos previstos por los artículos 145 y 146 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia.

Esta aprobación definitiva del expediente de tasación conjunta implicará la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de expropiación, de conformidad con lo establecido en el artículo 146.1º de la Ley del suelo de Galicia.

En consecuencia, el pago o depósito del importe de la valoración establecida surtirá efectos previstos

en los apartados 6, 7 y 8 del artículo 52 da Ley de expropiación forzosa, sin perjuicio de que continúe la tramitación del procedimiento para la definitiva fijación del justiprecio (artículo 146.2º de la Ley del suelo de Galicia).

Tercero.-Notificar el contenido de esta resolución aprobatoria del expediente al Ayuntamiento de Ribadeo y, de manera individualizada, a todos los que aparezcan como titulares de bienes o derechos afectados que figuran en el expediente, a los que se les adjuntará la correspondiente hoja de valoración, conferiéndoles un plazo de veinte días durante el cual podrán manifestar por escrito ante la Dirección General de Urbanismo su disconformidad con la valoración establecida en el expediente aprobado, conforme dispone el artículo 145.7º de la Ley del suelo de Galicia, advertiendoles que, transcurrido el citado plazo de veinte días sin que se formule oposición a la valoración, se entenderá aceptada a la que se fijó en el acto aprobatorio del expediente, entendiéndose determinado el justiprecio definitivamente y de conformidad (artículo 145.8º de la Ley del suelo de Galicia).

Cuarto.-Publicar la presente resolución así como la siguiente relación de los bienes y derechos afectados por la expropiación en el Diario Oficial de Galicia y en el tablón de edictos del ayuntamiento:

Nº finca: 1 bis.

Titulares: José María Rodríguez López.

Bienes afectados: suelo: servidumbre de paso; 160 m (20x8x4,5).

Valoración: 950.880 ptas.

Nº predio: 2.

Titulares: José Ramón Rodríguez-Sabugo Fernández.

Bienes a expropiar: suelo: 4,65 m.

Valoración: 24.412 ptas.

Asimismo, la publicación y exposición en el tablón de edictos del ayuntamiento servirá de notificación a los propietarios desconocidos, cuyo lugar de notificación se ignore, o bien, tramitada la notificación, no se pudiese realizar. Todo ello de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución (artículo 116 de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero) o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación (artículo 46.1º de la Ley 29/1998, de jurisdicción contencioso-administrativa). En el caso de que se interponga el recurso potestativo de reposición, hasta que sea resuelto

expresamente o se produzca la desestimación presunta no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo.

Todo ello sin perjuicio de que, en el caso de disconformidad con la valoración establecida, los interesados disponen de un plazo de veinte días para manifestar su disconformidad como se indicó en el apartado tercero de esta resolución, en los términos establecidos por el artículo 145.8º de la Ley del suelo de Galicia.

Santiago de Compostela, 15 de mayo de 2001.

José Jesús Cudeiro Mazaira

Director general de Urbanismo