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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 127 Lunes, 02 de julio de 2001 Pág. 8.917

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE MEDIO AMBIENTE

EDICTO de 1 de junio de 2001, de la Delegación Provincial de Ourense, por el que se notifican las incoaciones de los expedientes sancionadores 141/2001-I y dos más, devueltos por el servicio de correos.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se notifica a las personas que en el anexo se mencionan la incoación del expediente sancionador por presunta infracción a la Ley sobre incendios forestales 81/1968, de 5 de deciembre e de su Reglamento, aprobado por el Decreto 3769/1972, de 23 de diciembre, por no ser posible su notificación a través del servicio de correos.

Se nombra instructora de los expedientes a Montserrat González Pérez, funcionaria de esta delegación; el régimen de recusación es el establecido en los arículos 28 y 29 de la Ley 30/1992.

Para los efectos previstos en la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, los expedientados dispondrán de un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del seguinte al de la publicación de esta noficación para que puedan examinar los expedientes en esta delegación provincial, sita en la calle del Paseo nº 18-5º piso y presentar por escrito las alegaciones, e los documentos, informaciones o propuesta de pruebas que consideren convenientes en defensa de sus derechos.

De conformidad con el artículo 42.4º, de la Ley 30/1992, en relación con la Ley 4/1999, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se informa de que en caso de non resolverse el presente expediente en el plazo de seis meses, teniendo en cuenta las posibles interrupciones de su cómputo por causas imputables al interesado se producirá su caducidad. La resolución que declare la caducidad ordenará el archivo de las actuaciones con los efectos previstos en el artículo 92 de esta ley.

De no efectuar alegación alguna en el plazo fijado, este acuerdo de incoación podrá ser considerado propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 13.2º del reglamento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por el Real decreto 1398/1993, de 4 de agosto, determinándose para este efectos el importe de la sanción indicado en el anexo.

Para resolver el expediente es competente por razón de la cuantía de la multa o delegado provincial desta consellería de acuerdo con el artículo 141 del reglamento de la Ley de incendios forestales.

El pago voluntario pondrá fin al expediente. El importe de la sanción que en cada caso corresponda se hará efectivo en la cuenta número 2091-0388-90-3110001181 de Caixa Galicia, empleando el impreso oficial que se facilitará en la delegación provincial de Ourense o en cualquier unidad administrativa perteneciente a la Xunta de Galicia.

Ourense, 1 de junio de 2001.

Agustín Prado Verdeal

Delegado provincial de Ourense

Expediente

nº/año

Denunciado

DNI

Última dirección

conocida

Hecho

denunciado

Precepto infringido

y sancionador

Sanción

pesetas

141/2001 IJosé Luis Álvarez Quintas

34.947.870

Avda. Buenos Aires, 80

32004 Ourense

Abandono de vehículo OR-2121-BArtículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 23-1-2001 de la DGM y MAN50.000

164/2001 IJosé Antonio Almarza González

10.048.195

Rañadero, 9

24400 Ponferrada

Abandono de vehículo LE-57937Artículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 23-1-2001 de la DGM y MAN50.000

167/2001 IJosé Luis Dobarro

34.992.035

Calle Uruguay, 2

32500 O Carballiño

Abandono de vehículo OR-6171-EArtículo 137 e) del Reglamento de 23-12-1972 en relación con la Resolución de 23-1-2001 de la DGM y MAN50.000