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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 126 Viernes, 29 de junio de 2001 Pág. 8.776

III. OTRAS DISPOSICIONES

CONSELLERÍA DE EDUCACIÓN Y ORDENACIÓN UNIVERSITARIA

ORDEN de 28 de mayo de 2001 por la que se autoriza al centro privado Aloya de Vigo (Pontevedra), para impartir el ciclo formativo de grado superior de administración y finanzas y la reducción de 4 unidades de educación secundaria obligatoria.

Examinado el expediente instruido a instancia del centro privado Aloya de Vigo, solicitando autorización para impartir el ciclo formativo de grado superior de Administración y finanzas y la reducción de 4 unidades de educación secundaria obligatoria, ya que cuenta con 8 unidades autorizadas según la Orden de 1 de febrero de 2000 (DOG del 7 de marzo).

Teniendo en cuenta que el expediente ha sido tramitado por la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria de Pontevedra, que se remite con los informes correspondientes.

Vistos la Ley 1/1990, del 3 de octubre (BOE del 4 de octubre), de ordenación general del sistema educativo; el Real decreto 1004/1991, de 14 de junio (BOE del 26de junio), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten enseñanzas de régimen general no universitarias; el Real decreto 777/1998 (BOE del 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; la Orden de 21 de diciembre de 1999 (DOG del 31-1-2000) por la que se regulan determinados aspectos relativos a la autorización de centros privados exclusivos de formación profesional específica en la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 133/1995, de 10 de mayo (DOG del 22 de mayo), sobre autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y la Orden de 20 de septiembre de 1995 (DOG del 15 de diciembre), que desarrolla dicho decreto.

Considerando que concurren en el expediente los requisitos exigidos en las disposiciones vigentes para poder acceder a lo solicitado, esta consellería, a pro

puesta de la Dirección General de Centros e Inspección Educativa,

DISPONE:

Primero.-Autoriza al centro privado Aloya de Vigo para poder impartir el ciclo formativo de grado superior de administración y finanzas y la reducción de 4 unidades de educación secundaria obligatoria, según los datos que se especifican en el anexo.

Segundo.-Antes del inicio de las enseñanzas que se autorizan, la Delegación Provincial de la Consellería de Educación y Ordenación Universitaria, previo informe de la Inspección educativa, aprobará expresamente la relación de personal que impartirá docencia en dicho centro, así como el equipamiento adecuado para impartir dichas enseñanzas.

Terceiro.-Queda el centro obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente orden.

Cuarto.-Contra esta orden, que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el conselleiro de Educación y Ordenación Universitaria, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 4/1999 (BOE del 14 de enero), de modificación de la Ley 30/1992, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de mayo de 2001.

Celso Currás Fernández

Conselleiro de Educación y Ordenación

Universitaria

ANEXO

Provincia: Pontevedra.

Municipio: Vigo.

Localidad: Vigo.

Domicilio: Couto, nº 2.

Código del centro: 36011622.

Denominación: Aloya.

Titular: Asociación Fontenova.

Enseñanzas que se autorizan:

Familia profesional: administración.-1 ciclo formativo de grado superior de administración y finanzas (2 unidades, 30 alumnos/unidad).

Composición resultante:

a) Centro de educación secundaria: 4 unidade de educación secundaria obligatoria.

b) Centro de bachillerato: 4 unidades de las modalidades de ciencias de la naturaleza y de la salud y humanidades y ciencias sociales.

c) Centro de formación profesional específica:-1 ciclo formativo de grado medio de gestión administrativa (1 unidad, 30 alumnos).-1 ciclo formativo de grado superior de administración y finanzas (2 unidades, 30 alumnos/unidad).-1 ciclo formativo de grado superior de secretariado (1 unidad, 30 alumnos).

-1 ciclo formativo de grado medio de cocina (2 unidades, 30 alumnos/unidad).-1 ciclo formativo de grado superior de restauración (2 unidades, 30 alumnos/unidad).