Ante este Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común, se tramita el expediente de clasificación del monte con las características que a continuación se indican:
-Expediente número: 4/2001.
Denominación: monte de Támoga.
Comunidad propietaria: vecinos de la parroquia de Támoga.
Ayuntamiento: Cospeito.
Superficie: 18 hectáreas.
Linderos:
Norte y oeste: fincas particulares. Este: monte Lagoa de la parroquia de Pino. Sur: monte de la parroquia de Arcillá.
Descripción del perímetro: los únicos límites destacables en el perímetro de este monte de la parroquia de Támoga son, por el este divide con el monte Lagoa de la parroquia de Pino, subiendo por una línea de marcos hacia el sureste hasta Madorra da Rita. Por el sur divide con el monte de la parroquia de Arcillá, según el camino de Pumares subiendo hacia el este hasta Madorra da Rita.
-Expediente número: 5/2001.
Denominación: monte de Vilar.
Comunidad propietaria: vecinos de la parroquia de Vilar.
Ayuntamiento: Cospeito.
Superficie: 11 hectáreas.
Linderos: los del conjunto de las dos parcelas, con el río Miño en medio, son:
Norte, este y oeste: fincas particulares. Sur: término municipal de Castro de Rei.
Descripción del perímetro: los únicos límites destacables en el perímetro de estos montes de la parroquia de Vilar son los que están cruzados de norte a sur por el río Miño, y por el sur, el término municipal de Castro de Rei.
-Expediente número: 18/2001.
Denominación: monte de Piñeira.
Comunidad propietaria: vecinos de la parroquia de Piñeira.
Ayuntamiento: Monforte de Lemos.
Superficie: 31 hectáreas.
Linderos:
Norte: carretera N-120 de Monforte de Lemos a Ourense, y propiedades particulares. Este: carretera local que conduce al polígono industrial y propiedades particulares. Sur: propiedades particulares. Oeste: camino, Rego de Carballo, y propiedades particulares.
En virtud de lo acordado por el jurado en la sesión que tuvo lugar el día 28 de marzo de 2001 y, en cumplimiento de la orden del instructor, conforme a lo dispuesto en la Ley de montes vecinales en mano común de 10 de octubre de 1989 y demás disposiciones de aplicación, por el presente edicto se hace pública la iniciación de los expedientes indicados con el objeto de que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del reglamento aprobado por Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, para la ejecución de la citada ley, cuantas personas, organismos y corporaciones resulten interesados, puedan comparecer e intervenir en los expedientes iniciados y formular ante el jurado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente edicto en el Diario Oficial de Galicia, cuantas alegaciones estimen oportunas en la defensa de los dere
chos que crean asistirles en relación con los montes, aportando, si es el caso, la documentación que consideren conveniente al respecto.
Lugo 10 de mayo de 2001.
Luis González Vázquez
Presidente del Jurado Provincial de Montes
Vecinales en Mano Común de Lugo