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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 121 Viernes, 22 de junio de 2001 Pág. 8.464

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE FAMILIA Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO, MUJER Y JUVENTUD

CÉDULA de 2 de mayo de 2001, de la Delegación Provincial de Pontevedra, por la que se hace pública la resolución de denegación de 13 de marzo de 2001 de las ayudas para el fomento de los contratos en prácticas y para la innovación tecnológica del expediente administrativo FM 342C 00/244-5.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre), y no siendo posible la práctica de la notificación en el domicilio señalado por el interesado de la resolución de la denegación de la concesión de las ayudas para el fomento de los contratos en prácticas y para la innovación tecnológica de la subvención del expediente administrativo, conforme a lo establecido en la Orden de 13-3-2000 (DOG nº 60, del 27 de marzo), se publica:

1º Expedientes de procedimiento: FM 342C 2000/244-5.

Orden de la convocatoria: 13 de marzo de 2000 (DOG nº 60, del 27 de marzo).

Interesado: María Ana Ulla Durán.

Domicilio: avda. Castelao 21 bajo, 36209 Vigo.

Asunto: resolución por delegación del delegado provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud de fecha 13 de marzo de 2001, al amparo de la Orden de 13-3-2000.

Resolución:

«Examinada la solicitud de ayudas por la contratación en prácticas de trabajador/es, presentada por María Ana Ulla Durán, en nombre y representación de María Ana Ulla Durán, y teniendo en cuenta los siguientes:

Antecedentes

Primero.-La solicitud fue presentada el 12-6-2000.

Segundo.-De las actuaciones realizadas y de la documentación del expediente resulta el incumplimiento de los requisitos exigidos para la concesión de las ayudas solicitadas en virtud de los motivos indicados en el fundamento segundo.

Tercero.-En la tramitación del presente expediente, se observaron todos los requisitos y prescriciones legales.

Fundamentos

Primero.-La competencia para conocer y resolver la presente solicitud corresponde, por delegación de la conselleira de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud, a esta delegación provincial, de acuerdo con el artículo 3 de la Orden de 13 de marzo de 2000 (DOG del 27 de marzo) por la que se establecen los programas de fomento de la contratación y de la estabilidad en el empleo para el año 2000.

Segundo.-El incumplimiento de los requisitos y condiciones exigidos en la orden reguladora viene motivado por las razones siguientes:

El contrato por el que se solicitan las ayudas establece una duración inicial de seis meses, por lo que se incumple el requisito de duración inicial no inferior a doce meses exigido en la base 4ª.3 del anexo E.

Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación, esta delegación provincial

Acuerda

No conceder a María Ana Ulla Durán la ayuda solicitada por la contratación en prácticas de Alicia López Iglesias, por las razones expuestas en el fundamento segundo de esta resolución.

Notifíquese al interesado esta resolución que pone fin a la vía administrativa y contra la que cabe formular recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Galicia; asimismo, con anterioridad y con carácter potestativo, puede interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su notificación, ante esta delegación provincial, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la juris

dicción contencioso-administrativa en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Vigo, 13 de marzo de 2001. P.D. Joaquín Macías Sánchez. Delegado provincial.».

Los correspondientes expedientes obran en el Servicio de Fomento del Empleo de la Delegación Provincial de la Consellería de Familia y Promoción del Empleo, Mujer y Juventud en Vigo.

Vigo, 2 de mayo de 2001.

Joaquín Macías Sánchez

Delegado provincial de Pontevedra