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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Miercoles, 20 de junio de 2001 Pág. 8.295

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

RESOLUCIÓN de 4 de junio de 2001, de la Delegación Provincial de Lugo, por la que se somete a información pública para estudio ambiental, autorización administrativa, declaración de utilidad pública, aprobación del proyecto de ejecución y proyecto sectorial de las instalaciones que comprende el proyecto parque eólico Punago. (Expediente 070-EOL).

En cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto 442/1990, de 13 de septiembre, de evaluación de impacto ambiental para Galicia, Decreto 327/1991, de 4 de octubre, de evaluación de efectos ambientales para Galicia, artículo 53 y 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, los decretos 2617/1966, sobre autorización de instalaciones eléctricas, 2619/1966, sobre expropiación forzosa y sanciones en materia de instalaciones eléctricas, de aplicación al presente expediente según lo establecido en la disposición transitoria primera de dicha ley, en relación con la disposición transitoria undécima del Real decreto 1955/2000, el artículo 25 de la Ley 10/1995, de ordenación del territorio de Galicia,

y Decreto 205/1995, por el que se regula el aprovechamiento de la energía eólica en la Comunidad Autónoma de Galicia, se somete a información pública a solicitud de la empresa Endesa Cogeneración y Renovables, S.A., las instalaciones que a continuación se describen:

Objeto de información pública:

-Estudio ambiental.

-Autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución y del proyecto sectorial de las instalaciones que comprende el proyecto del parque eólico Punago.

La declaración de utilidad pública llevará implícita, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, la necesidad de urgente ocupación a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados necesarios para el establecimiento de estas instalaciones.

Peticionario: Endesa Cogeneración y Renovables, S.A. Rúa do Castiñeiriño, 12-3º, 15702 Santiago de Compostela.

Situación: ayuntamientos de Castroverde, Baleiro y Pol (Lugo).

Localización (coordenadas poligonales en unidades UTM):

V(0.637.660,20; 4.773.407,90), V(0.638.744,40; 4.773.835,90)

V(0.641.582,20; 4.763.944,50), V(0.640.658,90; 4.763.612,70)

Características técnicas del parque eólico:

-Nº de aerogeneradores: 46.

-Potencia nominal unitaria: 660 kW.

-Potencia total instalada: 30,36 MW.

-Tipo de aerogenerador: MADE AE-64/I.

-Producción neta anual estimada: 78.056 MWh/año.

-Presupuesto total: 3.175.906.569 pesetas.

Características técnicas de la infraestructura eléctrica de generación, transformación e interconexión:

-46 aerogeneradores tipo MADE AE-46/I de 660 kW de potencia nominal unitaria.

-46 centros de transformación de 700 kVA de potencia unitaria y relación de transformación 0,69/30 kV, instalados unitariamente en el interior de torre de aerogenerador con su correspondiente aparamenta de seccionamiento, maniobra y protección.

-Líneas de media tensión subterráneas para evacuación de energía a 30 kV, de interconexión entre centros de transformación y subestación transformadora 30/132 kV.

-Subestación transformadora 30/132 kV para evacuación de energía producida en el parque eólico de Punago, compuesta por un transformador principal 30/132 kV de 27/32 MVA ONAN/ONAF de potencia nominal y un transformador para servicios auxiliares 30/0,4 kV de 50 kVA de potencia nominal con los

correspondientes equipos de control, seccionamiento, maniobra, medida y protección.

Afección y fincas particulares:

-Accesos, viales interiores y canalizaciones para cableado: el área a expropiar será una franja de 12 metros, en régimen de servidumbre, en la cual está incluido el vial con sus respectivas cunetas y la zanja. En los casos en los que esta disposición no sea viable, y se deba proceder a la instalación de zanjas para cableado con trazado independiente al de los viales, se procederá a la expropiación de un área de servidumbre de paso, con un ancho de 10 metros.

-Cimentación de aerogeneradores: el área a expropiar, en régimen de pleno dominio, será un área de 15 metros por 15 metros.

-Plataforma de montaje de aerogeneradores: el área a expropiar, en régimen de pleno dominio, será de 50 por 32 metros cuadrados.

-Zona de vuelo del aerogenerador: el área a expropiar será en régimen de servidumbre.

-Subestación: el área a expropiar será en régimen de pleno dominio.

Lo que se hace público para conocimiento general y de los propietarios de las fincas y demás titulares afectados que no llegaron a un acuerdo con la entidad solicitante, y que figuran en la relación que se inserta como anexo de este anuncio, así como a las personas que siendo titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados fuesen omitidos, para que puedan examinar el proyecto y presentar las objeciones o alegaciones que consideren oportunas al mismo, en esta delegación provincial sita en edificio administrativo, Ronda da Muralla, 70, 27071 Lugo, en el plazo de 30 días, contados a partir de la última publicación de este anuncio.

Asimismo, el estudio ambiental correspondiente a las instalaciones del parque eólico Punago se podrá examinar en las dependencias de la Dirección General de Industria, Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio en Lugo, Delegación Provincial de la Consellería de Medio Ambiente en Lugo y ayuntamientos de Castroverde, Baleira y Pol, pudiendo presentarse cuantas alegaciones se conside pertinentes ante la Delegación Provincial de la Consellería de Industria y Comercio de Lugo, dentro del mismo plazo señalado en el párrafo anterior. Finalizado dicho plazo, el expediente, junto con las alegaciones recibidas, se remitirán a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Esta publicación se realiza igualmente a los efectos determinados por el artículo 59.4º de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, cuando los interesados sean desconocidos, se ignore el lugar o el medio de notificación, o bien, intentada la notificación, no se pudiese realizar.

Lugo, 4 de junio de 2001.

Jesús Bendaña Suárez

Delegado provincial de Lugo