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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 111 Viernes, 08 de junio de 2001 Pág. 7.629

VI. ANUNCIOS

DE LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA

CONSELLERÍA DE POLÍTICA TERRITORIAL, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA

CÉDULA de 2 de mayo de 2001, de la Dirección General de Transportes, por la que se notifican las resoluciones dictadas por infracción de la normativa vigente en materia de transportes terrestres devueltas por el servicio de correos por resultar desconocidos sus destinatarios o bien porque intentada la notificación no se pudo practicar (expediente LU-01067-O-2000 y once más.

Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el director general de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.

Se les hace saber que dichas resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendo interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente cédula. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se notifique

su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía procedente.

En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 del Banco Bilbao Vizaya Argentaria, S.A., sucursal de Santiago de Compostela, en el plazo de quince días hábiles siguientes a la firmeza de las resoluciones (firmeza que se producirá al no interponer recurso ordinario dentro de plazo) y de no hacerlo así, se procederá a su cobro por vía de apremio, según lo prescrito en el art. 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27 de noviembre).

Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela, 2 de mayo de 2001.

Juan Carlos Villarino Tejada

Director general de Transportes

ANEXO

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Último domicilio conocido-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

impuesta

LU-01067-O-2000

LU-6886-J

G.C. de Tráfico

Manuel Teijeiro Fernández

Amistade, 5-2º

274 Lugo

Realizar un transporte público de mercancías, careciendo de tarjeta de transportes.

10-5-2000 11.45; N-VI; 432,700

Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990143 de la Ley 16/87, 201 R.D. 1211/90250.000 ptas.

OU-00676-O-2000

M-8448-SL

G.C. de Tráfico

Transprofa, S.L.

Vilagarcía, 12

2811 Madrid(Madrid)

Transportar productos farmacéuticos (16 paléts cargados y 7 vacíos, en servicio público, estando en posesión de tarjeta de transporte de servicio privado complementario.

2-2-2000; 12.15; A-52; 251

Artículo 102.3º de la Ley 16/1987 y artículo 157 del R.D. 1211/1990143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990250.000 ptas.

OU-02451-O-2000

LE-2130-AC

G.C. de Tráfico

Obras Camiones y Pavimentos, S.L.

Avda. Astorga, 9

24400 Ponferrada (León)

Transportar piedra y tierra, con la tarjeta de transportes caducada de fecha 30-11-1999. Dicha tarjeta es de MPC estando realizando un servicio público para la empresa La Estrella, S.A.

30-8-2000; 15.30; N-120; 440

Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990250.000 ptas.

OU-02452-O-2000

LE-8318-U

G.C. de Tráfico

Obras Camiones y Pavimentos, S.L.

Avda. Astorga, 9

24400 Ponferrada (León)

Transportar piedra de cantera, careciendo de tarjeta de transportes.

30-8-2000; 15.45; N-120; 440

Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990250.000 ptas.

OU-02562-O-2000

OR-3099-K

G.C. de Tráfico

Julio Fernández Carreiro

Avda. Buenos Aires, 20-3

32500 O Carballiño (Ourense)

Circular transportando madera (pino) en servicio discrecional de mercancías, careciendo de tarjeta de transportes. Carece de distintivos.

10-8-2000; 12:45; N-525; 258

Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990250.000 ptas.

OU-02860-O-2000

OU-4990-I

G.C. de Tráfico

Transportes Internos y Maquinaria, S.L.

Plaza Paz Novoa, 2, 2

323 Ourense

Transportar una máquina retroexcavadora marca FAI modelo 1100 GTV matricula MA-18530-E, realizando un servicio de transporte público, careciendo de la autorización para realizar dicho transporte. Posee tarjeta de transporte privado complementario.

10-10-2000; 10.15; OR-304; 13

Artículo 102.3º de la Ley 16/1987 y artículo 157 del R.D. 1211/1990143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990250.000 ptas.

OU-02874-O-2000

M-4418-WW

G.C. de Tráfico

Concetrans Trescientos Sesenta y Cinco, S.L.

Crta. N-525, km.31

49332 Camarzana de Tera (Zamora)

Circular con un vehículo de 3ª categoría transportando paquetería con una tarjeta de transportes con un plazo de validez caducado el día 31-7-2000. Muestra distintivos MDP-N.

11-10-2000; 12.35; A-52; 181

Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990250.000 ptas.

OU-02936-O-2000

LE-2130-AC

G.C. de Tráfico

Obras Camiones e Pavimentos, S.L.

Avda. Astorga, 9

24400 Ponferrada (León)

Circular con un vehículo articulado transportando 22.000 kg de piedra de cantera, con la tarjeta de transportes válida hasta el dia 30-11-1999. Incumple asimismo las condiciones de la autorización. Realiza un transporte de la cantera de la empresa Martínez Núñez de León a una planta de molido desde la misma empresa.

5-10-2000; 16.05; N-120; 439,900

Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990250.000 ptas.

-Expediente-Matrícula-Denunciante-Denunciado-Último domicilio conocido-Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k.-Precepto

infringido

-Precepto

sancionador

-Sanción

impuesta

PO-01168-O-2000

PO-9253-AY

G.C. de Tráfico

Antonio García Barreiro

Maestro Chane, 2-Entresu

36205 Vigo (Pontevedra)

Circular con un tacógrafo averiado sin realizar las anotaciones correspondientes en la parte posterior del disco no registra tiempos de conducción ni velocidad. Servicio público. Circular transportando muebles careciendo de autorización administrativa. Presenta justificante de sustitución de vehículo por avería en el que comunica que sustituye el PO-8155-AG que dice estar provisto de autorizacion MDP.N nº 05354501-E de fecha 14-2-2000, no llevando a bordo dicha autorización correspondiente al vehículo averiado ni la documentacion. El justificante citado es firmado por el titular del vehículo presenta asimismo certificado del taller de avería del PO-8155.AG.

6-4-2000; 21; A-52; 280

R(CE) 3821/1985 artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990Artículo 143 de la Ley 16/1987 y artículo 201 del R.D. 1211/1990350.000 ptas.

XC-00063-O-2001

C-7714-BL

G.C. de Tráfico

Aurelio Cupeiro Muiño

Avda. España, 5

15350 Cedeira (A Coruña)

Circular transportando una carga de troncos de eucalipto, con un peso total de 50.350 kg estando autorizado para un PMA de 38.000 kg resultando un exceso de peso de 12.350 kg.

24-10-2000; 18.20; C-642; 30

Artículo 200.3º del R.D. 1211/1990143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990350.000 ptas.

XC-01312-O-2000

M-5449-NJ

G.C. de Tráfico

Transmafer, S.L.

Jerusalén, 21

28980 Parla (madrid)

Realizar transporte público de mercancías, estructuras metálicas, desde Santiago de Compostela a Madrid, llevando caducada la tarjeta de transporte desde el 31-12-1999.

4-8-2000; 15.53; N-634; 659

Artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990143 de la Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990250.000 ptas.

XC-01871-O-2000

C-6927-AS

G.C. de Tráfico

Carpintería Fariña, S.L.

Hermida, s/n

15189 Culleredo (A Coruña)

Circular con el vehículo indicado careciendo de la autorización administrativa para el transporte. Transporta 4.000 kg de harina. No realizó la revision periódica bienal obligatoria del tacógrafo en el plazo debido. Fecha validez 19-1-1996.

4-9-2000 10.20; N-634; 720,900

R(CE) 3821/1985 artículo 90 de la Ley 16/1987 y artículo 41 del R.D. 1211/1990Artículo 143 de la Ley 16/1987 y artículo 201 del R.D. 1211/1990300.000 ptas.