Por medio de esta cédula se les notifica a los denunciados, cuyos datos y último domicilio conocido se señalan en el anexo, las resoluciones sancionadoras dictadas por el director general de Transportes, recaídas en los expedientes sancionadores que se citan en el anexo.
Se les hace saber que dichas resoluciones no agotan la vía administrativa, pudiendo interponer recurso ordinario ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda dentro del plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente cédula. Transcurridos tres meses desde la interposición del recurso sin que se notifique su resolución, se entenderá desestimado y quedará expedita la vía procedente.
En caso de conformidad con estas resoluciones deberán hacer efectiva la multa mediante transferencia bancaria a favor del Tesoro de la Hacienda gallega, cuenta restringida de recaudación de multas y sanciones número 13.763.620 del Banco Bilbao Vizaya Argentaria, S.A., sucursal de Santiago de Compostela, en el plazo de quince días hábiles siguientes a la firmeza de las resoluciones (firmeza que se producirá al no interponer recurso ordinario dentro de plazo) y de no hacerlo así, se procederá a su cobro por vía de apremio, según lo prescrito en el artículo 97 de la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE nº 285, del 27).
Para que conste, les sirva de notificación a los citados denunciados, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido, firmo y sello esta cédula en Santiago de Compostela a 2 de mayo de 2001.
Juan Carlos Villarino Tejada.
Director general de Transportes
ANEXO
infringido sancionador impuesta
-Expediente-Matrícula-Denunciante -Denunciado-Última dirección conocida -Hecho denunciado-Fecha-Hora-Carretera-p.k. -Precepto
-Precepto
-Sanción
Contratar
LE9OR0033289433 Curro (Vilarromarís), 5
15688 Oroso (A Coruña)
26-9-2000; 16.52; C-543; 12
DX-00388-I-2000
Madeiras Irmáns Castro, S.L.
Contratar un transporte de mercancías (madera) con el vehículo C-1955-CD, que junto con el semirremolque forma un vehículo articulado de 4 ejes con un PMA de 38.000 kilogramos, y presenta un peso total en báscula de 44.550 lo que supone un exceso de 6.550 kilogramos, que representan a su vez un exceso del 17% sobre el peso máximo autorizado del vehículo.
Artículo 140 c) de la Ley 16/1987 143 Ley 16/1987, 201 R.D. 1211/1990 231.000 pesetas