Por medio de esta cédula se le notifica al interesado, cuyos datos y última dirección conocidos se señalan
en el anexo, la resolución de la Dirección General de Urbanismo, recaída en el expediente de reposición de la legalidad urbanística que se indica en el anexo, por la que se declaran ilegalizables las obras objeto del expediente citado por su incompatibilidad con el ordenamiento urbanístico vigente y se ordena su demolición a cargo del interesado y la restitución de los bienes y terrenos afectados al estado anterior a la ejecución de las actuaciones objeto de este expediente, en el plazo máximo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución, y se advierte al interesado que, en caso de incumplimiento de la orden de demolición en el plazo indicado en el apartado anterior, se procederá a la ejecución subsidiaria de ella o a su ejecución forzosa mediante la imposición de multas coercitivas, reiterables hasta lograr la ejecución por el sujeto obligado, en cuantía de 50.000 a 500.000 pesetas cada una, siendo estas multas compatibles con la sanción que,
en su caso, pueda interponerse en el procedimiento sancionador que se tramite por la comisión de la infracción urbanística.
Indicar que dicha resolución no agota la vía administrativa, pudiendo interponer recurso de alzada ante el conselleiro de Política Territorial, Obras Públicas y Vivienda, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta cédula.
Para que conste y surta los efectos de notificación a los interesados en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4º de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre, expido y firmo esta cédula.
Santiago de Compostela, 4 de mayo de 2001.
José Jesús Cudeiro Mazaira
Director general de Urbanismo
ANEXO
Expediente: 107 A-00/37.
Denunciado: César Conde Estévez.
Condición: promotor de las obras.
Última dirección conocida: travesía de Arteixo, 254-ptal. 3-3º izda.
Hechos: obras de cierre perimetral de finca a base de muro de hormigón de 1 metro de altura y tela metálica de 0,80 m, instalaciones de dos casetas prefabricadas en el interior de la finca, explanación de terrenos en bancadas con muros de bloque para contención y suelo de hormigón careciendo de licencia urbanística municipal.
Lugar: finca Antas Grande, en el lugar de Portiño de Suevos.
Ayuntamiento: Arteixo.
Precepto aplicable: art. 180 en relación con el 175 de la Ley 1/1997, de 24 de marzo, del suelo de Galicia, 54 del Reglamento de disciplina urbanística (Decreto 28/1999, de 21 de enero).