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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 107 Lunes, 04 de junio de 2001 Pág. 7.384

IV. OPOSICIONES Y CONCURSOS

CONSELLERÍA DE LA PRESIDENCIA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2001, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el concurso de traslados del personal laboral L-01/2000 convocado por Orden de 12 de diciembre de 2000.

Convocado el concurso de traslados del personal laboral por orden de esta consellería de 12 de diciembre de 2000 (DOG nº 243, del 18 de diciembre), esta dirección general, de conformidad con lo previsto en la base siete de la orden de la convocatoria, a la vista de la propuesta de adjudicación de vacantes a los participantes en la primera y segunda fase del concurso elevada pro la comisión de valoración de méritos,

DISPONE:

Primero.-Resolver definitivamente el concurso de traslados del personal laboral L-01/2000, adjudicado a los trabajadores que se relacionan en los anexos I y II los puestos de trabajo que se especifican en ellos, tanto en la primera fase del concurso como en la fase de resultas.

Segundo.-El personal relacionado en los anexos I y II, de conformidad con lo dispuesto en la base octava de la convocatoria, deberá cesar en su puesto de trabajo en el plazo de tres días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución. El plazo para tomar posesión en el nuevo puesto será de tres días si el destino del nuevo puesto no

implica cambio de residencia habitual del concursante, o de un mes si implica cambio de residencia.

Si en la fecha del cese o del inicio del cómputo del plazo posesorio el personal está gozando de un período de licencia, vacaciones, permiso o incapacidad temporal, el cómputo del plazo para tomar posesión comenzará al día siguiente de la reincorporación al puesto de trabajo.

Tercero.-No obstante, en el supuesto de que la plaza de destino se encuentre ocupada por un contrato laboral temporal que tenga un contrato no superior a seis meses para su finalización, la Administración podrá prorrogar el cese del adjudicatario en su puesto de procedencia en tanto no termine el contrato temporal referido. Asimismo, se tendrá en cuenta lo previsto en la base 8.2º en relación con el artículo 36.1º b) del III convenio colectivo único del personal laboral de la Xunta de Galicia.

Contra la presente resolución se podrá interponer reclamación administrativa ante el director general de la Función Pública, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de dicha resolución en el Diario Oficial de Galicia, en aplicación de los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y demás disposiciones concordantes.

Santiago de Compostela, 25 de mayo de 2001.

Joaquín López-Rúa Soler

Director general de la Función Pública